Un camarista confirmó el sobreseimiento por prescripción de una causa de enriquecimiento ilícito contra el comisario principal Juan Alberto Quesada, quien actualmente está jubilado. En septiembre pasado el ex policía había sido sobreseído por un juez de primera instancia, situación procesal que fue apelada por la fiscalía. Posteriormente el fiscal general Jorge Baclini consideró que este tipo de delitos deberían ser declarados imprescriptibles por considerar que atentan contra el sistema democrático. En ese contexto, el camarista Gustavo Salvador convalidó el criterio del juez de primera Instancia Juan José Alarcón y dejó firme la resolución de sobreseimiento.
En su fundamentación Salvador fue crítico con el tiempo, 16 años, que se empleó en este trámite y criticó la "pasividad de quien tenía a su cargo la investigación o el poder de impulsar el proceso que permaneció impávido durante casi diez años" y ahora pretende "amparado en el deber del Estado y en el compromiso asumido en la persecución de los mismos desviar o disimular la responsabilidad de su inacción impugnando un resolutorio que no hace otra cosa que poner un nombre a esa desidia: la prescripción de la acción", indicó.
Quesada llegó a obtener la jerarquía de comisario general, el cargo más alto de la fuerza en la provincia, y dos veces fue designado como jefe de una unidad regional. Retirado en 2005, es el tercer policía de alto rango sobreseído en los últimos doce meses por prescripción de sus causas.
Los casos cerraron porque pasaron más de seis años sin avances de peso en los expedientes y se vencieron los plazos con los que cuenta el Estado para investigar el delito de enriquecimiento ilícito.
En ese marco, en abril cerró el proceso contra el ex comisario Osvaldo Daniel Toledo, quien fuera jefe de la policía santafesina durante la gestión de Hermes Binner y que pasó más de seis años sin que lo llamaran a declarar. La misma medida alcanzó en agosto al ex jefe de la Unidad Regional IV del departamento Constitución, Rodolfo Romero.
Impacto institucional
El hecho de que ninguna de las causas abiertas hace diez años a oficiales jerárquicos por presunta corrupción económica haya merecido resoluciones para condenar o desvincular en término a los acusados genera un previsible impacto institucional. Son causas de alta relevancia pública que el procurador general de la Corte santafesina, Jorge Barraguirre, ordenó perseguir con especial atención en cuatro ocasiones en su rol de jefe de fiscales del viejo sistema penal. Los expedientes estuvieron mucho tiempo en la etapa de investigación administrativa previa en la Dirección de Asuntos Internos de la policía y, una vez judicializados, soportaron largas pericias contables y la transición del viejo al nuevo sistema penal.
Ante el caso de Toledo y Romero la Corte Suprema de Santa Fe ordenó iniciar sumarios para establecer los motivos de demoras judiciales notorias, que obligan a archivar los casos sin consideraciones sobre el delito presunto que mereció la apertura de las causas.
Recorrido y final
Nunca se sabrá si el comisario retirado Quesada enriqueció ilícitamente o si fue víctima de una acusación infundada. Las demoras en causas que prescriben por vencimiento de plazos generan discordia y sensación de vacío jurídico.
El árbol genealógico de la investigación del patrimonio de Quesada comenzó en 2004 como un sumario interno de la policía en manos de Asuntos Internos. En febrero de 2009 se judicializó el caso (todavía en el viejo sistema penal) y quedó en manos del entonces juez de Instrucción Juan Carlos Vienna.
El 19 de ese mes Quesada fue llamado a indagatoria pero la medida recién se concretó tres años más tarde, el 28 de marzo de 2012. En tanto, la pericia contable comenzó en agosto de 2014 y en marzo de 2018 se informó que esta medida había establecido que Quesada había tenido un "incremento apreciable" de su patrimonio. La causa había pasado al nuevo sistema penal en octubre de 2018.
Entre abril y mayo del año pasado se pidió la ampliación de algunos puntos de la pericia patrimonial. Fue entonces que los abogados Emiliano Díaz y Martín Bozikovich, en nombre del ex jefe policial, solicitaron la prescripción. El 17 de septiembre de 2019 el juez de primera instancia Juan José Alarcón le dictó a Quesada el sobreseimiento por prescripción de la acción penal ante un pedido de sus abogados. Habían pasado diez años desde que lo llamaron a indagatoria y siete años desde que se concretó esa medida que frena el conteo hacia la prescripción de la causa. El plazo para esa prescripción en una investigación por enriquecimiento ilícito es de seis años, es decir, el máximo de la pena prevista para esa figura penal.
El 19 de noviembre pasado el fiscal Gonzalo Fernández Bussy apeló el sobreseimiento y expuso sus argumentos en una audiencia pública ante el camarista Salvador. Dijo que lo hacía siguiendo instrucciones de su superior jerárquico (el procurador Barraguirre) y habló de la complejidad de una causa en la que se ordenaron una extensa pericia contable, tasaciones de los bienes atribuidos al investigado, pesquisas patrimoniales y pedidos de informes aún pendientes de ser respondidos.
El lunes pasado, primer día tras la feria, el camarista Salvador resolvió. Y validó los argumentos dados en primera instancia por el juez Alarcón. Salvador dejó claro que la fecha que debe tomarse como comienzo de la actuación judicial es la del "primer llamado a prestar declaración indagatoria" y no "el decreto que ordena instruir sumario". El primer llamado a indagatoria a Quesada fue el 19 de febrero de 2009 y desde ese momento se debe efectivamente comenzar a computar el plazo de prescripción.
"Pasaron 16 años"
En una resolución de 19 páginas Salvador hizo una dura crítica a la parte acusadora: "Han pasado 16 años. Este detalle no es menor ya que evidencia no sólo la desidia en la tramitación de una causa que revestía, desde sus inicios, trascendencia institucional, sino también porque pone de relieve la perplejidad que genera que durante tantos años se haya dejado transcurrir el tiempo sin siquiera efectuar algún requerimiento con finalidad de impulsar el proceso. Y para peor recién ahora se pretenda «solapar» esa pasividad con el liviano argumento de que «el compromiso del Estado asumido a través de convenciones internacionales impide considerar que esta clase de delitos pueda prescribir»", indicó el camarista.
"Realmente no resiste el menor análisis el hecho de que quien tenía a su cargo la investigación y el poder de impulsar el proceso haya permanecido impávido durante casi diez años y ahora pretenda —amparado en el deber del Estado y en el compromiso asumido en la persecución de los mismos— desviar o disimular la responsabilidad de su inacción impugnando un resolutorio que no hace otra cosa que poner un nombre a esa desidia: la prescripción de la acción", manifestó críticamente el camarista.