Una jueza de los Tribunales de Rosario se declaró incompetente este miércoles para tratar el recurso de amparo presentado por el diputado nacional Federico Angelini en el marco del debate por la presencialidad escolar. La magistrada decidió remitir las actuaciones a la Justicia Federal.
Angelini cuestiona la suspensión por siete días de las clases presenciales en los departamentos Rosario y San Lorenzo como parte de las nuevas restricciones dispuestas por el gobierno de Santa Fe, y en ese marco presentó un recurso de amparo para que la Justicia deje sin efecto esa medida.
El gesto del legislador nacional por Santa Fe replicó lo que había hecho el jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quien esta semana obtuvo un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que avala la potestad de las provincias de decidir sobre la presencialidad o no del dictado de clases.
En declaraciones públicas con las que acompañó a su presentación judicial, Angelini había cuestionado al gobierno de la provincia por no resistir la decisión del gobierno nacional. E incluso dijo que iría a la Justicia precisamente porque la Casa Gris no lo había hecho.
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Esas críticas generaron la reacción del gobierno santafesino, que respondió a través de la ministra de Educación Adriana Cantero. "Los que piden la presencialidad y la quieren judicializar rompen las reglas de la democracia", sostuvo la funcionaria también públicamente. Y añadió: "Un diputado constituye parte de la clase dirigente, tenemos responsabilidad mayor en no confundir a la gente, ayudarla a atravesar este tiempo difícil, lo importante es aprender a cuidarnos".
Pero ahora la jueza en lo Civil y Comercial de la 18º nominación de Rosario, Susana Silvina Gueiler, se declaró incompetente para resolver el recurso de amparo presentado por Angelini y decidió girar esa presentación a la Justicia Federal.
Entre sus argumentos, la jueza Gueiler sustuvo que "no cabe duda de que el decreto provincial cuestionado y tildado de inconstitucional por Angelini "es una consecuencia inescindible e ineludible derivada del DNU 287/21 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional", y que por eso mismo cualquier sentencia que pudiera dictar ella "propagará sus efectos" a la norma dictada por el presidente de la Nación, Alberto Fernández. Por esa razón, argumentó la magistrada, el tema debe ser discutido en el ámbito de la Justicia Federal.