El BCRA limita el acceso de empresas subsidiadas al "dólar Bolsa"
La decisión fue adoptada el la reunión de directorio y forma parte de una serie de medidas del banco.

Sábado 02 de Mayo de 2020

El Banco Central dispuso que las empresas que accedan a líneas de crédito con tasas subsidiadas y las que realicen operaciones de compra-venta de títulos valores con liquidación en moneda extranjera tendrán que pedir permiso a la autoridad monetaria para participar en el mercado de cambio.

La decisión fue adoptada el la reunión de directorio del Central jueves, y forma parte de la serie de medidas tomadas por el organismo y la Comisión Nacional de Valores (CNV) para controlar el aumento de la cotización de dólares bursátiles (CCL y MEP), que llegaron a tocar los $ 118 por dólar esta semana.

Como la inyección de liquidez que realizó el Central para asistir a las empresas en la pandemia terminó siendo utilizada para adquirir dólares a través de bonos y acciones, la autoridad monetaria decidió poner límites. Así, las pymes que reciban la asistencia a partir de las líneas de créditos dispuestas recientemente en el marco de la emergencia sanitaria por el Covid 19 “podrán acceder sólo a las dividas destinadas a nuevas importaciones de bienes o insumos requeridos en su proceso productivo, pero no podrán cancelar deuda vencida al 19 de marzo de 2020 sin contar con la conformidad previa del Banco Central”.

Además, en caso de ser beneficiadas con alguna de los préstamos promocionales y en medida que tengan vigente esa línea de crédito tendrán “limitado el acceso a operaciones de venta de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o a la transferencia a entidades depositarias del exterior”.

La disposición de la entidad que conduce Miguel Pesce establece además que para ingresar al mercado para adquirir divisas, las compañías deberán contar con una declaración jurada que compruebe que en ese día y en los 30 días previos no efectuaron ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior.

Por otro lado, para las empresas que mantengan pendientes de cancelación financiaciones en pesos previstas en la Comunicación “A” 6937 “no podrán vender títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferirlos a entidades depositarias del exterior”.