En una acción judicial que inició la Polla Chilena de Beneficencia, empresa estatal administradora de los juegos de azar, terminó en un fallo favorable por unanimidad de la sala tercera de la Corte Suprema que ordenó bloquear los sitios web de casas de apuestas on line por no contar con la autorización dentro de la legislación nacional vigente.
El fallo sostuvo que “la apuesta deportiva on line, como lo es la actividad que denuncia la recurrente de autos, se encuentra proscrita en nuestro ordenamiento jurídico, revistiendo a las deudas contraídas en dichos juegos de azar de objeto ilícito, como asimismo sancionando penalmente a quienes posibilitan dicha actividad como a quienes participan de ella”.
La Polla Chilena de Beneficencia fundamentó su denuncia de la siguiente manera: “Es una actividad ilegal, identificada y denunciada por la Superintendencia de Casinos ante el Ministerio Público, afectando gravemente el ejercicio de su derecho de propiedad sobre la autorización exclusiva y excluyente de ejecución de las apuestas deportivas en modalidad en línea”.
Esto provocó una enorme repercusión en el ámbito de las apuestas virtuales, entre las que se destacan las deportivas, aunque la medida fue abarcativa para todos los sitios web, ya son 12 los deberán dejar de funcionar según el pronunciamiento judicial: Betano, Betway, Betcris, Coolbet, Juega en Línea, 1xbet, Rivalo, Betsson, Rojabet, Betwarrior, Betsala, Mi Casino.
La decisión judicial se da casi en simultáneo de la presentación de un “recurso de protección” por parte de la Asociación Nacional del Fútbol Profesional por la resolución del Ministerio de Justicia de Chile, quien le puso un plazo de 30 días para terminar su contrato con Betsson.
A través de un comunicado, la casa madre del fútbol chileno explica: “La Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP), informa que presentará un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago en contra del Oficio Nº5293 de la Subsecretaría de Justicia, notificado por este organismo el viernes 1º de septiembre recién pasado. En dicho oficio, la Subsecretaría de Justicia instruyó a la ANFP, entre otras medidas, dejar sin efecto el contrato que ésta mantiene vigente por el naming del campeonato de Primera División y Primera B, en un plazo de 30 días”.
Y por último, argumenta: “La ANFP estima que el Ministerio de Justicia y DD.HH. carece de las atribuciones legales para dictar el Oficio Ordinario Nº593, en especial, en lo referido a contratos vigentes. Por lo tanto, impugnará ese acto administrativo a fin de que la Corte de Apelaciones restablezca el imperio del derecho y asegure a la ANFP, como a toda persona jurídica, los derechos básicos que la Constitución le garantiza”.
No obstante, este fallo judicial incluyó a Betsson, uno de los sponsors del fútbol chileno, y no se descarta que esta decisión en el país trasandino tenga réplicas similares en otros países, entre los que figura la Argentina.