Hace ya un par de décadas una empresa del estado de Pennsylvania, Estados Unidos, requirió mi asesoramiento para instalarse en Rosario. Aún recuerdo el motivo de la decisión empresarial: nuestra ciudad era la entrada obligada a San Pablo y de allí a todo el continente.
Por otro lado, y en relación al puente Rosario-Victoria, hace ya más de diez años en el marco de Instituto Regional de Integración, una personalidad del mundo del urbanismo dijo: "Acuérdense que en un futuro este puente puede tener una importancia similar al canal de Panamá". Se basaba en que la conexión vial ha logrado unir vía terrestre dos océanos, el Atlántico con el Pacífico, y consecuentemente Santiago de Chile con San Pablo, por mencionar ciudades emblemáticas.
También cabe recordar hoy que por los puertos de nuestra zona se exporta más del 70 por ciento de la producción granaria del país y que a pesar de la riqueza que ello implica, jamás se han llevado a cabo las obras de infraestructura que posibiliten brindar eficacia y eficiencia a la actividad.
Estos ejemplos hablan de nuestra ciudad hoy y permiten imaginar la que podría llegar ser y, por ello, la importancia de la reforma en cuanto a plasmar la autonomía municipal que acredite su mayoría de edad institucional.
Lamentablemente, y como consecuencia de la presentación a la Legislatura del proyecto de ley para declarar la necesidad de la reforma, comienza a oírse la misma excusa utilizada hace veinte o veinticinco años ante proyectos similares: estamos de acuerdo con la reforma pero no es el momento, hay temas más urgentes.
Quizás haya cosas más urgentes, pero la pregunta correcta no es esa sino la siguiente: ¿hay cosas más importantes? La respuesta es: no hay tiempos especiales para lo importante, para lo que reviste trascendencia institucional.
Una ciudad como Rosario merece recobrar la autonomía que logró en 1933 —gracias a la Constitución de 1921— y perdió en 1935, como consecuencia de una vergonzante intervención.
Agregado a ello, han pasado 24 años desde la reforma de nuestra Constitución Nacional y como provincia no hemos cumplido con la manda constitucional de plasmar la autonomía municipal.
¿Vamos a seguir pensando nada más que en la reelección del gobernador, el sistema electoral o la bicameralidad, en lugar de hacerlo, no sólo en la autonomía, sino y por ejemplo, en el mejoramiento de la justicia a través de la creación con rango constitucional de un Consejo de la Magistratura. ¿A alguien le pueden caber dudas que el gran drama institucional argentino pasa hoy por la justicia y la necesidad de que se convierta en el verdadero garante de nuestros derechos individuales, sociales y políticos, mediante el simple mecanismo de ejercer como corresponde el control de constitucionalidad de nuestros actos individuales y de los que emergen de todos los poderes del estado, el ejecutivo, el legislativo y el propio poder judicial?
El país y el mundo han cambiado, nuestros derechos individuales y sociales o colectivos se han ampliado, a la vez que se han potenciado las garantías que los hacen realidad, todo lo cual conduce a la necesidad de su consideración a nivel constitucional.
Nuestra Constitución del año 1962 sirvió para ese momento histórico. Hoy no resulta suficiente. Por eso tenemos la obligación ciudadana de debatir en profundidad su reforma, dejando de lado el perfil político partidario y apetencias personales, por más legítimas que sean, y pensar en nuestro futuro como provincia y desde aquí como ciudad.
Estamos en presencia de un deseado desafío histórico. la reforma de la normativa que plasma la organización provincial, nuestros derechos y las garantías que les son propias. Todo ello debidamente adecuado a los tiempos institucionales, normativos y sociales que corren.
En ese marco, es prioritario lograr la autonomía municipal que le permita a nuestras ciudades llegar a ser los que realmente anida en sus genes. El caso de Rosario es emblemático por ser una ciudad producto de su propio esfuerzo. Por esa evidencia histórica, no necesita depender de ningún otro gobierno o nivel del estado para decidir acerca de su futuro y trabajar para lograrlo.
Es tiempo de cumplir con el artículo 123 de la Constitución Nacional, que transcribo por su claridad: "Cada provincia dicta su propia Constitución, conforme a lo dispuesto por el artículo 5, asegurando la autonomía municipal y reglando su alcance y contenido en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero"
La Constitución es sabia en sus palabras porque está ordenando adecuar la nuestra, incorporando el concepto de autonomía municipal, pero de acuerdo a la realidad provincial. Por eso dispone que su alcance —que hace a la esencia del concepto y a su viabilidad— sea decidido por cada provincia.
Al igual que ocurriera en el recordado momento histórico, 1921, nuestros líderes deben hoy otorgar esa mayoría de edad institucional a los municipios, definiendo los alcances de la autonomía municipal que posibilite el crecimiento de las ciudades en armonía con su historia, tamaño, posibilidades productivas, educativas y culturales.
Los municipios denominados de primer grado deben poder darse sus cartas orgánicas, sin que ello implique afectar el equilibrio o la armonía de poderes que deben existir tanto con la provincia como con la Nación. En cuanto a los de segundo grado, será una ley provincial la encargada de definir el alcance de su autonomía.
La ciudad es el espacio más importante de nuestras vidas. Todo ocurre en ese ámbito geográfico, las relaciones personales, el sentido de convivencia, nuestra formación personal y la posibilidad maravillosa que prima sobre todas: poder soñar nuestro futuro en libertad y con independencia.
Esta es nuestra realidad hoy. hagamos lo que se espera de nosotros para que la historia reconozca algún día que, desde el lugar que cada uno ocupaba en la sociedad, estuvimos a la altura de los acontecimientos, de las exigencias de la época en la cual nos tocó vivir.
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(*) Autor de "La reforma del estado en el orden provincial y municipal" y "El nuevo municipio".