Lunes 26 de Junio de 2023
La reforma del código de convivencia de nuestra ciudad de Rosario, ha incorporado la posibilidad del juzgamiento de los casos más graves en donde se afecta a la comunidad, a través del juicio por jurados vecinal.
Para entender de qué se trata el juicio por jurados vecinal, es necesario hacer un poco de historia y comprender su razón de ser. El juicio por jurados tiene su origen en la polis griega, germen del sistema democrático actual. Este estaba compuesto por atenienses sorteados aleatoriamente para cada caso. También fue introduciéndose en los Estados modernos, como método de enjuiciamiento, en donde funciona el sistema acusatorio, tal como tenemos en Santa Fe.
Es en el jurado que reside el poder del pueblo, habilitando al poder estatal a ejercer el poder punitivo. En los países democráticos, se entiende que el pueblo gobierna a través de sus representantes, esto es en sus tres órganos, ejecutivo, legislativo y judicial. Tanto en el caso del poder ejecutivo y legislativo, en todos los ámbitos nacional, provincial y municipal, ello se hace a través de representantes del pueblo que son elegidos a través del voto popular. En el caso del poder judicial, esta circunstancia no ocurre, salvo en el caso de que haya jurados, en donde de manera representativa y aleatoria se permite al pueblo participar como jurado.
El juicio por jurados a su vez, es un derecho del acusado a ser juzgado por sus pares, por personas que no tienen vinculación con el órgano estatal, lo que implica una independencia mayor a la hora de poder tomar una decisión de acusar o absolver a una persona.
Este instituto no es nuevo, sino que se encuentra en nuestra Constitución Nacional desde 1853, y a pesar de ser reformada en 1994, no fueron modificados ninguno de los 3 artículos que lo mencionan, como forma de enjuiciamiento criminal (24, 75 inc. 12 y 118). Es decir que es nuestra ley fundamental la que manda a instaurar el juicio por jurados.
Afortunadamente existe una tendencia reformista que busca incorporar el juicio por jurados y cumplir con la manda constitucional. En efecto, existen leyes que regulan este procedimiento en las provincias de Córdoba, Buenos Aires, Neuquén, San Juan, Chaco, Mendoza, Río Negro, Entre Ríos, Catamarca y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Nuestra provincia sigue en deuda con el mandato constitucional, ya que aún no se ha instaurado el juicio por jurados para las cuestiones penales. Si bien hubo proyectos de ley que buscaron incorporarlo, sólo llegaron a tener media sanción.
Desde mi lugar de docente de litigación oral, y presidenta del instituto de litigación oral del Colegio de Abogados de Rosario, celebro que Rosario se ponga a la vanguardia, instaurando el sistema de jurados vecinal, lo que implica un reconocimiento de los derechos de los ciudadanos en la organización del sistema judicial.
Esta posibilidad viene a poner a la ciudad de Rosario como una de las ciudades con un sistema más democrático en el juzgamiento de los conflictos. Esto es así, porque permite a los ciudadanos de a pie intervenir en la tarea de juzgar, único poder estatal que hasta entonces, en rigor, no tiene un funcionamiento representativo del pueblo.
En el juicio por jurados tanto vecinal como para los casos penales, la única labor que tienen los ciudadanos, es decidir si quien se encuentra acusado de un hecho que prevé una infracción, debe ser sancionado o no. Esto no es una carga, ni es una obligación, sino que los rosarinos podrán voluntariamente inscribirse en un registro especialmente dispuesto para esta actividad, en la que podrán participar sólo una vez al año.
Pero a su vez, la importancia del juicio por jurados vecinal reside en que también es un derecho del que se encuentra acusado de alguna infracción a ser juzgado por sus vecinos rosarinos, que en la regulación actual estará compuesta por cinco miembros.
Los que se oponen a esta posibilidad suelen objetarlo por creer que "la gente no está preparada", subestimando al ciudadano medio, el mismo que vota y que tiene que cumplir con la ley, como todos.
Se suele creer que el sistema es costoso, que es burocrático y que "no tenemos plata para eso". En el caso del sistema municipal, no debería generar mayores costos que el sistema actual. Se supone que un juicio no debería demorar más de unos días, resulta mucho más eficaz que el sistema escriturista, porque resulta mucho más rápido y concentrado, y todos los protagonistas del proceso (acusado, acusador, tribunal y jurado) pueden escuchar y observar directamente, los testimonios y alegatos que se producen en el debate. Otro prejuicio que existe alrededor del jurado es creer que se necesitan conocimientos jurídicos para poder resolver cuestiones de esta índole. Esto tampoco es cierto, ya que lo que el jurado debe decidir es si los hechos ocurrieron como dice el acusador municipal y si se ha probado que el acusado fue el responsable de ello. No se requieren conocimientos jurídicos para saber si algo pasó o no, sino el uso de los sentidos y la razón. Las normas pueden regular el cómo, el cuándo y el donde esta se aplica, pero no se requieren conocimientos jurídicos para poder decidir si según las pruebas algo se ha comprobado o no.
La mayor garantía que tiene el acusado es que esta decisión debe ser unánime, es decir que en caso de que los cinco jurados no lleguen a dicho consenso deberá ser absuelto. Esta decisión será comunicada al tribunal, la que dispondrá luego en su caso la sanción a aplicar en caso de condena.
La implementación del juicio por jurados tanto a nivel provincial (en el ámbito penal) como municipal (normas de convivencia), no puede demorarse bajo pretextos de presupuestos, educación o política. Es una necesidad del pueblo que las personas sean juzgadas por sus pares. El único poder del Estado que no cumple con la representatividad del pueblo es el judicial. Es hora de que nuestra organización política judicial, cumpla con los estándares mínimos de representación.
En mi opinión, el juzgamiento a través del jurado tiene múltiples ventajas. Es un sistema transparente, ya que todos los ciudadanos pueden participar, genera compromiso social con los problemas que nos aquejan, y permite la posibilidad de ser protagonista en la actividad de juzgar.
Pero lo más importante, y lo que más reclama nuestra ciudad de Rosario, es que es un sistema que lo que busca es que los ciudadanos se comprometan en la búsqueda de la solución de conflictos de manera pacífica. Una ciudad que se involucra con los problemas de la gente, es una sociedad más solidaria y comprometida con el otro. Y eso nos hará crecer como sociedad.
(*) Abogada profesora de litigación oral de la Facultad de Derechos y Cs. Sociales UCA Presidenta del Instituto de litigación oral del Colegio de Abogados de Rosario