La Justicia penal de Rosario dejó firme el fallo que condenó a cuatro años de prisión efectiva y ocho de inhabilitación para conducir a Paulo Antonio Maggioni, acusado de dar muerte a Santiago Leguizamón, el chico de 18 años que perdió la vida tras 44 días de agonía luego de haber sido atropellado en la ciudad de San Lorenzo en enero de 2017 por un utilitario, cuando él circulaba con su moto.
Los jueces de segunda instancia José Luis Mascali (presidente) Carolina Hernández y Alfredo Ivaldi Artacho consideraron que atento el resultado verificado, corresponde "confirmar la sentencia apelada en lo que ha sido materia de recurso, tener por desistido por parte de la defensa y el imputado el recurso de apelación de la condena de ocho años de Inhabilitación especial para conducir vehículos con motor, y confirmar la condena a la pena de cuatro años de prisión, accesorias legales y costas".
Por el caso, que en su momento conmocionó a la ciudad de San Lorenzo, el juez de primera instancia Juan José Tutau encontró a Maggioni penalmente responsable del delito de "homicidio culposo ocasionado por la conducción imprudente e inexperta de un vehículo automotor, agravado por las circunstancias de darse a la fuga y no socorrer a la víctima, y con un nivel de alcoholemia superior a 0,5 gramos por litro de sangre".
Durante la audiencia de apelación, la defensa del condenado hizo referencia a las condiciones de la moto en la circulaba la víctima y a la velocidad que había desarrollado (aunque no se pudo establecer con exactitud si el motociclista había excedido los 60 kilómetros por hora permitidos en avenida San Martín), que además lo hacía sin licencia ni casco protector, y que fue la víctima quien embistió al acusado.
No obstante, el tribunal hizo hincapié el en accionar prohibido del imputado en ingresar sin tomar las precauciones mínimas a una arteria de mayor jerarquía que la que venia circulando, no sólo por su calidad de avenida, sino porque la misma es de doble mano, fue la causa relevante que desencadenó la muerte de aquel.
"La maniobra emprendida indica que no tomando en cuenta las normas de cuidado y deberes a su cargo, el encartado invadió el carril de circulación de la moto, convirtiéndose en un obstáculo insalvable para su conductor, provocando con ello el accidente, la lesión y muerte verificada", dijeron los camaristas. "El sentenciante describe un detallado panorama del hecho, de las consideraciones de los testigos, de las pericias accidentológicas, y llega a la conclusión que encuentra probada la imprudencia y la violación de los deberes de cuidado, por lo que la sentencia recurrida debe confirmarse en su totalidad", afirmaron.
Además, Maggioni Maggioni al llegar a la esquina, "debió extremar todos los recaudos posibles para no colisionar, ya que siendo una persona de la zona no podía desconocer la importancia de la vía rápida de la avenida San Martín".
Los camaristas evaluaron asimismo "otro incidente —de la misma o mayor importancia— que fue que cuando Leguizamón fue despedido y quedó en el piso de la calzada delante del vehículo de Maggioni, y éste en su afán de huir del lugar de los hechos (porque estaba nervioso según sus dichos), pasó por encima del cuerpo de aquél, arrollándolo y causándole más lesiones gravísimas".
Tampoco quedó fuera de la consideración el consumo de alcohol por parte del imputado. Es que para los camaristas "no puede desconocerse el informe de laboratorio que indica que Maggioni se hizo presente en la comisaría primera a las 14.30 horas siendo que el accidente tuvo lugar a las 6:45 horas (recordemos que huyó del lugar de los hechos); si bien no se estableció por pericias de laboratorio que graduación de alcohol tenía al momento del choque, es de estimarse que era mayor que al momento de hacerse el análisis, ya que había pasado más de siete horas del desenlace; esa falta de certeza en cuanto a la graduación. alcohólica al momento de los hechos, impidió agregar un calificante jurídico a su conducta, más ello no impide que se agregue una porción más de reproche por su accionar en el momento de determinación de la pena", afirma el fallo.
El caso
Tal cual lo publicó oportunamente LaCapital, minutos antes de las 7 del domingo 22 de enero de 2017, una traffic de color blanco chocó contra la motocicleta Motomel de 150 centímetros cúbicos de cilindrada color azul que conducía Santiago Leguizamón.
Fue en la esquina de avenida San Martín y 3 de Febrero. Producto del impacto, el joven conductor de 18 años quedó tendido en la calle, gravemente herido, con fractura de tórax, un pulmón perforado y fractura expuesta de pelvis.
La persona que iba a bordo de la camioneta no detuvo su marcha tras el choque y se dio a la fuga por calle 3 de Febrero, en dirección al río. Horas después se presentaría voluntariamente en la Comisaría 1ª de San Lorenzo, donde fue identificado como Antonio Maggioni, entonces de 23 años.
Después de una primera contena a cuatro años, llega ahora la ratificación de la Cámara.