Este accionar había provocado que la maestra Mariela Leiva y cinco alumnos sufrieran una intoxicación y tuvieran que recibir atención médica, tal como acreditó el Tribunal de Concepción del Uruguay al dar a conocer la sentencia.
Por Jorgelina Hiba
Este accionar había provocado que la maestra Mariela Leiva y cinco alumnos sufrieran una intoxicación y tuvieran que recibir atención médica, tal como acreditó el Tribunal de Concepción del Uruguay al dar a conocer la sentencia.
"Quedó acreditado que hubo daño en la salud de las personas. Eso es lo más destacado y se trata de un fallo histórico" explicó Daniela Evequo, abogada de la campaña "Paren de Fumigar las escuelas" que desde hace varios años lleva adelante Agmer, el gremio docente de esa provincia.
La fumigación realizada sobre un campo de arroz aledaño a la escuela rural, según constató la Justicia, no cumplió ninguno de los requisitos que establece la ley de esa provincia: no hubo preaviso, ni ingeniero agrónomo ni receta bien hecha. Además, la empresa no estaba habilitada, ni tampoco la aeronave utilizada.
Un manojo de irregularidades que llevaron a los miembros del Tribunal oral de Concepción del Uruguay, Fabián López Mora, Mariano Martínez y Mariela Rojas, a darle la razón al fiscal Fernando Lombardi, quien había pedido un año y seis meses de cárcel para los tres acusados, aunque esta condena que no se hace efectiva en la práctica.
La docente Leiva, quien sufrió la fumigación en primera persona en la Escuela 44 de Santa Anita, dijo sentirse "muy conforme". Y añadió: "Nos hubiera gustado una pena mayor pero sabemos la importancia de este fallo porque sienta un precedente".
Desde el gremio docente Agmer expresaron que se trata de un fallo "histórico" ya que es el primer dictamen de la Justicia argentina, en este caso de los Tribunales de Concepción del Uruguay, "en torno a la protección de docentes y alumnos rurales".
Leiva destacó "la seriedad y la celeridad" del proceso judicial y dijo estar orgullosa de pertenecer a un gremio "que además de por sus condiciones de trabajo lucha por el ambiente y por la vida".
El fallo
Los tres condenados son Erminio Rodríguez, dueño de la empresa fumigadora Aero Litoral SA; José Honecker, propietario del campo de arroz y maíz que contrató el servicio; y César Visconti, piloto de la nave.
Todos fueron hallados culpables de los delitos de "lesiones leves culposas y contaminación ambiental culposa" por haber pulverizado los alrededores de la escuela en hora de clase sin preaviso y sin cumplir con la legislación vigente para esos casos.
El Tribunal accedió así a la condena solicitada por el fiscal Lombardi, quien aclaró que la sentencia "no era contra la actividad agropecuaria" si no contra una conducta juzgada como "negligente".
Según explicó la abogada ambientalista Evequo, la Justicia determinó una serie de irregularidades ya que la empresa de aviación no estaba habilitada y el avión no disponía de autorización para esas tareas en Entre Ríos.
Tampoco trabajaba junto a un ingeniero agrónomo, tal como estipula la ley provincial en caso de fumigaciones, ni contaba con receta agronómica adecuada.
"Sobre todo quedó acreditado que hubo daño en la salud de las personas, tanto de la docente como de los niños", agregó la abogada de la organización ecologista.