Este jueves ingresó al Concejo Municipal de Funes una original iniciativa presentada por el edil Pedro Giantenaso (FPCyS) que propone multas para los funcionarios del Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) que no respondan pedidos de información que le hacen desde el cuerpo legislativo.
El proyecto se sustenta en la Ley Orgánica de Municipalidades 2.756 y la ordenanza 1304/20 que habla del derecho de acceso a la información pública y transparencia de gestión. En tal sentido, apunta a exigir “el íntegro cumplimiento de la transparencia de actos de gobierno” en la Municipalidad de Funes.
“Actualmente la mayoría de las solicitudes de informes aprobadas por el legislativo no tienen respuestas por parte del Ejecutivo o llegan con retraso y esto las transforma en inocuas”, destaca Giantenaso en su presentación.
La normativa establece que la falta de contestación “en tiempo y forma” de los pedidos de informes o minuta de comunicación debidamente aprobados por el Concejo y comunicados al DEM, constituye una conducta pasible de ser sancionada con multa” y establece términos y condiciones de las mismas.
La ordenanza remarca que el Ejecutivo deberá contestar en un plazo razonable, debidamente consignado en el requerimiento que se le formule, y dando respuestas específicas a los puntos concretos de la consulta.
Cuando la contestación del DEM o repartición pertinente fuere insuficiente se podrá solicitar la ampliación de la información. En caso de reticencia o de no dar respuestas, el Concejo deberá proceder a exigir, mediante la sanción de un pronto despacho un plazo de diez días.
Este tiempo podrá ser reducido por el Concejo de mediar cuestiones de urgencia. Luego de todas estas instancias, quedará configurada la falta por incumplimiento al deber de brindar debida información, siendo pasible el funcionario responsable de la aplicación de una multa equivalente a 100 litros de nafta súper.
En caso de reincidencia, la multa ascenderá a 200 litros de nafta súper. La norma aclara que se entiende por “funcionario responsable aquel que se halle a cargo de la secretaría requerida o el intendente”. En todos los casos, la cancelación de la multa impuesta deberá ser afrontada por los mismos, no pudiendo afectar fondos de la administración pública municipal.
La iniciativa establece que el dinero obtenido de las multas será destinado a instituciones u organizaciones no gubernamentales de la ciudad que el Concejo indique, debiendo el DEM transferir esos fondos en forma inmediata y rendir cuenta al Concejo.
Por último, aclara que el Concejo llevará el control y registro de las solicitudes de informes, la fecha de envío y recepción, los plazos acordados para las respuestas, sus eventuales ampliaciones y las respuestas recepcionadas. También se ocupará del incumplimiento, rindiendo el informe correspondiente a la Secretaría de Hacienda a los fines de que proceda a efectuar el descuento sobre el sueldo del funcionario sancionado.
Argumentos que acompañan la original iniciativa
El concejal Giantenaso remarca que “la obligación de dar respuesta fundada a los pedidos de informes emitidos por el Concejo "constituye un imperativo legal, propio del sistema democrático y republicano de gobierno imperante, siendo además de vital importancia para llevar adelante el debido control del Ejecutivo a cargo de este cuerpo legislativo”.
Y agrega que la solicitud de informes “tiende a mejorar la tarea y el trabajo legislativo, permitiendo el seguimiento de los temas de agenda pública, corroborando si se han dado respuestas a las diferentes inquietudes planteadas o si debe insistir o buscar otras soluciones superadoras a los problemas que atañen a la ciudadanía y a la administración".
Asimismo, advierte “la necesidad de señalar y remarcar el obrar ilegítimo de todo funcionario que demore injustificadamente u obstruya el trámite o no brindare la información o documentación en forma completa, mereciendo el más alto reproche por su proceder, contario a los principios republicanos y democráticos, bases de nuestro sistema de gobierno”.