Jueves 26 de Febrero de 2009
El juez federal Nº 4 de Rosario, Marcelo Bailaque, absolvió de culpa y cargo a Julio Marcos, el empleado de la Empresa Provincial de la Energía (EPE) y único imputado que había accedido a someterse a un proceso oral por el incendio intencional de la Facultad de Derecho, ocurrido el 1º de julio de 2003.
La resolución del magistrado —que se difundirá mañana— cierra el juicio al único de los seis acusados (los otros cinco pidieron la probation) de provocar, mediante la manipulación de pirotecnia durante una movilización de trabajadores estatales, el siniestro en el techo del histórico edificio de Santa Fe y Moreno.
Durante el proceso el propio Marcos había repasado frente a una pantalla los detalles de la manifestación sindical en la que participó, contexto en el que se lo vio arrojando bombas de estruendo en medio de la plaza San Martín.
Pese a desconocer los fundamentos de Bailaque, el abogado Víctor Corvalán, defensor del empleado de la EPE, aseguró a La Capital: "No hay ninguna prueba contra Marcos y, ante la duda, el juez decidió absolverlo".
Durante el proceso con epicentro en los Tribunales Federales se probó la existencia de una manifestación de la Multisectorial que incluyó el lanzamiento de bombas de estruendo y, posteriormente, el incendio en Derecho.
"Pero no se pudo conectar un hecho con el otro a raíz de los déficits de la investigación encarada por el juez de Instrucción Carlos Carbone", reprochó Corvalán.
En esa línea, el abogado afirmó que los investigadores "nunca pusieron bajo la lupa a los afiliados a Upcn, que eran los que tiraban las bombas, pero sí apuntaron a los empleados municipales y a los de Luz y Fuerza".
El martes pasado, tras la declaración del último testigo, el magistrado anunció la finalización del juicio. Luego leyó un acta en la que expresó que la resolución recién se conocería mañana.
El juicio había comenzado el 17 de febrero y Marcos estaba imputado de actuar con negligencia en un episodio de estrago.
Acción civil
La actuación con negligencia en un episodio de estrago es un delito menor, donde no existe dolo. Respecto de la situación de Julio Marcos, el haber recibido una sentencia absolutoria en el marco del proceso oral no significa que se extinga la acción civil que tramita en el Juzgado Federal Civil y Comercial Nº 2.