Un conductor de 30 años que manejaba su auto bajo los efectos de estupefacientes fue imputado por homicidio culposo en siniestro vial triplemente agravado por atravesar el semáforo en rojo de Pellegrini y España a velocidad excesiva y provocarle la muerte a un motociclista. A pesar de esa gravísima conducta y que la Fiscalía solicitó la prisión preventiva efectiva por el plazo de ley, una jueza le otorgó la libertad tras pagar una fianza de 100 mil pesos y comprometerse a cumplir reglas de conducta.
Este lunes a la tarde se realizó la audiencia imputativa contra Fabián Emilio C., un joven que el domingo 26 de marzo de este año, a las seis de la mañana, circulaba a más de 60 kilómetros por hora con su Renault Laguna (ASH 812) por España hacia el sur, no respetó el semáforo en rojo al llegar a la avenida Pellegrini, y provocó la muerte de un motociclista, identificado como Guillermo Marcelo Moreno.
La víctima, que transitaba al mando de una moto Gilera Smash por la avenida Pellegrini hacia el oeste, llevaba el caso protector en un brazo, según indicaron los testigos, cuando imprevistamente se topó con el auto, al que impactó en la parte delantera izquierda del lado del conductor.
Como consecuencia de fortísimo choque, Moreno voló unos 10 metros, cayó pesadamente al pavimento en la mano contraria de la avenida, y murió en el acto tras sufrir un traumatismo de cráneo grave, según los informes de los médicos forenses.
Tras las actuaciones de rigor, el conductor del auto quedó detenido en dependencias de la comisaría 5º, y este lunes fue llevado a la audiencia imputativa ante la jueza Silvana Lamas González.
En esa instancia, el fiscal Marcelo Vienna, de la Unidad Especial en Siniestros Viales y Delitos Culposos, le atribuyó a Fabián Emilio C. la autoría del homicidio culposo en accidente de tránsito con los agravantes.
El titular de la acusación narró la reconstrucción del hecho en base a testigos, pericias, actuaciones policiales y del gabinete criminalístico, constataciones e informes de registros oficiales, elementos que dieron cuenta de la mecánica y del siniestro
En su exposición, Vienna le atribuyó al imputado la “conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria”, y que como consecuencia del impacto, impulsó o proyectó el cuerpo de Moreno por aproximadamente 10 metros en el mismo sentido en el que circulaba, para quedar finalmente tendido sobre la mano contraria, provocándole la muerte en forma instantánea”.
Al citar los agravantes, argumentó que “no respetó el cruce de bocacalle al no disminuir la velocidad de forma precautoria, no respetó las señales de tránsito que le indicaban detenerse, fundamentalmente teniendo en cuenta que la arteria que iba a cruzar era una avenida y se encontraba obligado a detener su marcha por hallarse la luz roja que le impedía el paso”.
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Pero además el titular de la investigación expuso otra grave circunstancia: que el conductor estaba bajo los efectos de estupefacientes, lo cual fue confirmando con el acta de inspección realizada por la Dirección General de Tránsito de la Municipalidad, donde se dejó asentado “test de alcohol negativo y narcolemia positivo” (cartucho: TOX403 THC positivo de marihuana).
Evitable
“Si hubiera tenido una correcta capacidad perceptiva y atencional, evaluando correctamente la situación, y tomado las decisiones de acuerdo a lo que la ley y la circulación vehicular le indicaban, no se hubieran producido las lesiones de gravedad que le provocaron la muerte a Moreno”, advirtió Vienna sobre la temeraria e imprudente conducta de Fabián Emilio C.
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En ese sentido subrayó que lo hizo en clara “inobservancia de los deberes y reglamentos a su cargo, en violación a la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449. Y le imputó la autoría del delito de homicidio culposo en siniestro vial “triplemente agravado”, por haber violado la señalización del semáforo, por estar bajo los efectos de estupefacientes y por su conducción a velocidad superior a la máxima permitida en el lugar del hecho.
Libertad
Ante la gravedad de esa conducta, el fiscal solicitó la prisión preventiva efectiva del imputado por el plazo de ley (dos años). Y aunque la jueza Lamas González avaló el encuadre legal y la imputación, no hizo lugar a la prisión preventiva bajo las condiciones que la solicitó Vienna, y en su lugar dispuso “una medida cautelar no privativa de la libertad, con vencimiento el 26 de marzo de 2025”, tal cual lo había solicitado la defensa, más el pago de una caución de 100.000 pesos.
El conductor deberá cumplir ciertas reglas de conducta, como fijar domicilio, prohibición de contacto y acercamiento con testigos y de salir de la ciudad, presentarse semanalmente ante la Oficina de Gestión Judicial (OGJ), cumplir con la caución, entregar el carné de conducir (queda inhabilitado) y presentar un garante personal.