Martes 15 de Enero de 2008
Las quejas por las multas labradas en las rutas provinciales no sólo se ubicaron a la cabeza de
los reclamos que recibió la Defensoría del Pueblo el año pasado, sino que respecto al anterior las
causas iniciadas casi se cuadruplicaron. El número pasó de 1.656 quejas recibidas en 2006 a 6.299
registradas en 2007. La cifra arroja un aumento del 380 por ciento de demandas en las rutas
provinciales y un 14 por ciento más en caminos de otras provincias.
Según detalló la directora general de la zona sur de la Defensoría,
María Emilia Biglieri, la mayoría de las infracciones se producen en las rutas 33 y 34 por circular
sin las luces bajas encendidas, norma que obliga la ley nacional de tránsito Nº 24449 y la
provincial Nº 11583 (ver aparte). Sin embargo las multas fueron labradas incorrectamente y, como se
entiende desde la Defensoría, por mero afán de recaudar.
La titular del organismo aclaró que “no se trata de justificar a
los infractores sino que intentamos que el Estado sea el primero en cumplir la ley ”. La
mujer subrayó que se busca “garantizar la seguridad vial y no usar la norma con fines
recaudatorios”. En este sentido, detalló que frente a una falta es obligación “detener
al vehículo cuando comete una infracción y avisar al conductor que se le va a labrar un
acta”.
La aclaración no está de más si se considera que desde la Defensoría
registraron casos en los que se había labrado en dos actas distintas la misma multa. “Por
este tipo de irregularidades ya está procesado el intendente de Pujato y ahora estamos solicitando
el procesamiento del de Tortugas”, señaló la directiva. Asimismo, “se presentaron casos
en los que se labraron actas a camiones que encienden las luces en forma automática cuando arranca
el motor, con lo cual es imposible que hayan circulado sin las luces”, destacó Biglieri.
Curiosamente, a los autos con patentes de la misma localidad no se les
pone multas. Por esa razón, salta a la vista que se trata de una desprolijidad.
Más demandas. Del total de los reclamos recibidos en la Defensoría durante el año pasado, el
10,7 por ciento se refirió a los servicios públicos. También se registraron quejas referidas a
salud (incumplimiento de las obras sociales), y educación (inserción de niños con dificultades de
integración social).
Circular con todas las luces
La ley provincial 11.583, que adhiere a la ley nacional de tránsito Nº 24449, establece la
obligatoriedad en materia de “uso de las luces”.
Los vehículos deben utilizar las luces bajas mientras se transite por
rutas nacionales, tanto de día como de noche.
La luz alta es obligatoria sólo en zonas rurales y autopistas, siempre y
cuando la luz natural sea insuficiente o las condiciones de visibilidad o del tránsito lo reclame.
Las luces de posición y de patente deben permanecer siempre encendidas.
El destello debe usarse en los cruces de vías y para advertir los
sobrepasos.
Las luces intermitentes de emergencias deben usarse para indicar la
detención en estaciones de peaje, zonas peligrosas o en la ejecución de maniobras riesgosas.
Las luces rompenieblas, de retroceso, de freno, de giro y adicionales
deben usarse sólo para sus fines propios, aunque la luz natural sea suficiente.
Además es obligatorio el uso permanente de las luces bajas para
transitar por las rutas, caminos y calles en todo el territorio provincial. Las infracciones por
exceso de velocidad, ausencia de luces bajas obligatorias y cruce de semáforo en rojo no bajan de
640 pesos.