Sebastián Suarez Meccia
Ese fue el resultado de una audiencia de apelación solicitada por los cuatro directivos bonaerenses acusados por estrago culposo agravado y lesiones culposas agravadas, delitos con tres a cinco años de prisión. A raíz de un informe de la Inspección General de Personas Jurídicas sobre los cargos de cada uno en la empresa, el 23 de octubre fueron imputados Ariel Fernando G. como socio gerente, su pareja Marcela Fernanda V. como presidenta, su hermano Damián Roberto G. como dueño y encargado y Marcelo Damián F. en el rol de gerente.
Los cuatro fueron implicados en libertad por haber permitido que la caldera funcionara sin supervisión ni control del nivel de agua. El juez Luis María Caterina les impuso entonces una inhibición sobre sus bienes de 10 millones de pesos, la prohibición de salir del país, la obligación de fijar domicilio y el deber de reportarse cada quince días en la institución policial más cercana. F. reside en Ciudadela, los demás en la ciudad de Buenos Aires.
Según el fiscal Walter Jurado, se detectó que los cuatro tenían voz de mando en escuchas telefónicas posteriores a la explosión del laboratorio de sueros medicinales de barrio Tablada. La madrugada del 27 de junio de 2016 la caldera voló por el aire. La explosión causó destrozos en viviendas linderas además de lesiones y quemaduras que casi le cuestan la vida al vecino Juan Carlos Sánchez, quien ayer pidió la palabra (ver aparte). La pericia técnica demostró que hubo fallas en los controles y que la caldera estalló al quedar sin nivel de agua para enfriarla.
En la audiencia no se revisó la imputación a los cuatro directivos sino las restricciones que pesan sobre ellos. Los acusados pidieron que se suspenda la inhibición de 2,5 millones de pesos impuesta a cada uno. "Mi concubina, mi hermano, Marcelo y yo tenemos bienes desde antes del hecho. Ninguno se insolventó porque creemos que no somos responsables de esto", dijo Ariel G., quien planteó que la medida les impide hacer frente al tratamiento de un pariente enfermo. El juez se negó a revisar la cuestión patrimonial porque no es una materia apelable.
Sí abrió el debate sobre las otras restricciones. La defensora pública María Celia Pasquali, por F., dijo trabajaba en el área de empaque de productos elaborados y no tenía relación con las calderas. Los otros acusados designaron como defensores al ex presidente del Colegio de Abogados rosarino Arturo Araujo junto a Lisandro y Santiago Araujo.
Los abogados cuestionaron los roles asignados a sus clientes, descargaron responsabilidad en los foguistas encargados de la caldera —uno de ellos, Jorge G., está también imputado en la causa— y relativizaron los daños. "Hay toda una escala de responsabilidades inferiores", dijo Araujo padre.
Válvulas tapadas
El fiscal Walter Jurado recordó que la caldera explotó porque tenía válvulas tapadas y se había anulado el sistema de alarmas. Pidió que se confirmen las restricciones al igual que el abogado Ignacio Carbone, quien representa a ocho damnificados. "En dos años no intentaron resarcir a nadie", recordó el querellante. Luego de tres horas de un debate tenso, con reiterados llamados de atención a los imputados por no guardar silencio, el juez mantuvo las medidas respecto de F. y los hermanos G.
"Son medidas razonables y mínimas frente al daño a resarcir y ante un hecho de esta envergadura", dijo Ivaldi, quien evaluó que "es de una irregularidad bastante acentuada" la ausencia de un foguista esa noche. Sólo dejó sin efecto las restricciones respecto de la acusada B., ya que a su criterio no está claro si era la presidenta de la firma.
Un aspecto del debate que generó un contrapunto acalorado, y que no llegó a aclararse, es si el local funcionaba o no con habilitación municipal. Al momento de la explosión, Apolo cargaba con un largo historial de clausuras. Los acusadores plantearon que el laboratorio tenía la habilitación vencida y en diciembre de 2015, seis meses antes del estallido, el municipio dispuso la clausura. Las defensas —y uno de los acusados que se acercó al estrado a dar explicaciones— replicaron que la renovación de la habilitación estaba en trámite.
Para el juez la situación es "ambigua". Si bien consideró que "no se entiende cómo se autorizó a semejante empresa a operar en el medio de la ciudad sin un seguro. Esto coloca a las víctimas en una situación mucho más incómoda para pelear el resarcimiento y las expone a soportar vericuetos jurídicos para ver si existen bienes que reparen los daños".
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