En un fallo dictado ayer por la Sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, a cargo de los jueces Alvaro Balestrini y Mario Fera, Rappi, la empresa de delivery de comida, recibió un espaldarazo judicial y no deberá desbloquear a tres repartidores que habían sido inhabilitados, porque no se encontró la existencia de una relación de dependencia. De esta manera, la Cámara Laboral rechazó el fallo de primera instancia donde la jueza a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N 37, Stella Maris Vulcano, fallara a favor de quienes habían denunciado a la empresa. Los mismos habían sido bloqueados por Rappi por cometer actos violentos en la vía pública y en comercios adheridos, generado desmanes y por transgredir las normas básicas de convivencia del ecosistema de diversos usuarios de la app.
La medida cautelar, con expediente Nº 46618/2018 y autos “Rojas Luis Roger Miguel y otros c/ Rappi ARG SAS s/ Medida Cautelar”, había dispuesto “el cese de las acciones antisindicales de la empresa, la reincorporación de 3 repartidores que repartían a través de Rappi y el pago de una multa en caso de incumplimiento”.
Luego de que Rappi abonara un depósito judicial días atrás cumpliendo la sentencia legal de primera instancia que no estaba firme, ayer la Justicia dejó sin efecto el fallo fundamentando que la sala se encuentra imposibilitada de calificar el vínculo entre las partes en esta instancia.
Por otra parte, ahora los denunciantes deberán restituir la multa que había sido abonada por la empresa Rappi y podrán ser punibles de sanciones civiles y penales de no hacerlo. Además, deberán hacerse cargo de las costas del juicio.
Un fallo más
Con este caso ya son cuatro los repartidores que acudieron ante la Justicia y fueron rechazados. Este fallo se suma al dictado por el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº 73 a cargo de Barrionuevo (“Fierro María Belén c. Rappi Arg. S.A. s. Medida Cautelar”, SI del 18/12/18), que también había rechazado el pedido de desbloqueo de la denunciante y falló a favor de Rappi.
Con la intención de que la convivencia sea lo más ordenada posible, como toda aplicación tecnológica, Rappi cuenta con protocolos para una relación armoniosa entre todos sus usuarios. Cuando alguno de los mismos (comercios, consumidores o repartidores) comete actos violentos en la vía pública o comercios adheridos, genera perjuicios, realiza desmanes, incumple o transgrede las normas básicas de convivencia, Rappi debe actuar para velar por mantener el orden del ecosistema existente.
Desde la compañía repudiaron cualquier accionar violento, y por sobre todo buscan impulsar el respeto como regla primordial. Todos aquellos que deciden utilizar la aplicación cuentan a su vez con libertad absoluta para expresarse.
Este espíritu permitió que desde el inicio de las operaciones en el país se hayan realizado más de 6 millones de pedidos y se siga apostando al país mediante nuevas oportunidades de negocio, brindando la posibilidad de generar ingresos genuinos extra a repartidores independientes.