La Justicia resolvió el reintegro inmediato de una nena española, de padres rosarinos, a su residencia habitual en el país europeo. La decisión de la magistrada del Tribunal de Familia Nº 7, Valeria Vittori, ya fue apelada por la madre de la menor.
La Justicia resolvió el reintegro inmediato de una nena española, de padres rosarinos, a su residencia habitual en el país europeo. La decisión de la magistrada del Tribunal de Familia Nº 7, Valeria Vittori, ya fue apelada por la madre de la menor.
La jueza aplicó la Convención sobre Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, que tiene como finalidad garantizar la restitución inmediata de los niños trasladados o retenidos de manera ilícita.
Después de una década de vivir en España, en los últimos tiempos de la caridad de la Iglesia, Luciana se divorció de su pareja —a la que acusa de violenta— y se volvió en abril pasado, con su hija de 7 años, a Rosario.
Pero el padre de la niña, también rosarino aunque residente en el país ibérico, pidió a la Justicia santafesina la restitución internacional de la hija a su residencia habitual, a la que hizo lugar el Tribunal de Familia.
La jueza argumentó que las excepciones normativas y jurisprudenciales no ameritan para este caso. Dentro de los antecedentes citó la decisión de la Corte Suprema en un par de casos.
Según destacó la magistrada, si la legislación española atribuye la custodia y guardia a uno de los progenitores, ese derecho no es suficiente para que el padre conviviente pueda decidir por sí solo cambiar la residencia habitual del niño.
Añade la resolución que el interés superior del niño es respetado por el derecho a no ser trasladado o retenido indebidamente, a visitar al padre no conviviente y en la inmediata restitución para que sea el juez natural el que decida cuestiones de fondo.
También fueron tenidos en cuenta los principios de la cooperación internacional que impone al Estado argentino el deber de cumplir las disposiciones. Y consideró el interés superior de la niña garantizando el retorno inmediato y seguro a España, restableciendo los lazos violentados.
Vittori fundamentó el reintegro internacional de la menor en la Convención sobre los Derechos del Niño, la ley nacional de protección integral de los derechos de los niños y en las 100 reglas de Brasilia sobre el acceso a la Justicia de personas vulnerables.
Además, según consta en el fallo, la niña manifestó "claramente su deseo de volver a España", del "lugar que no quiso dejar, donde como lo expresara, tiene su vida y 15 amigas, como también los juguetes que quedaron".
"Elocuente y conmovedor resulta el relato de esta niña de 7 años, al que no puede soslayarse teniendo en consideración el resultado positivo del examen psicofísico efectuado por la médica forense", expresó en otro tramo de la resolución.
Luego, agregó: "No existen dudas de que esta niña ha visto modificado su centro de vida por voluntad unilateral de su progenitora, que decide en forma inconsulta alterar sus hábitos, costumbres, contacto con su padre y trato con sus amigas, requiriendo una solución urgente a la problemática en la que se la ha colocado".
Luciana contó que decidió volver con su hija a Rosario después de divorciarse de un hombre al que acusa de violento, pero que se marchó con el con su consentimiento.
Ya sin residencia legal, lo que le dificulta la posibilidad de acceder a un trabajo y al sistema sanitario, Luciana dijo que decidió volver con su hija a Rosario después de divorciarse de su pareja, a la que acusa de violenta, y con el consentimiento de él para traer a la niña.
Sin embargo, al poco tiempo de arribar llegó la acusación de su ex pareja de haber secuestrado a la niña.
"La nena no está secuestrada, está escolarizada. Y con sus abuelos paternos y primos", agregó Luciana en declaraciones radiales.
Asimismo, indicó: "En el juicio de divorcio solicité venir acá (Rosario) y establecerme. No tengo sentencia que no me permita salir del país". Luego aseguró que cuenta con un poder, rubricado por su ex pareja, que le permite viajar con la nena.
Por lo pronto, el fallo de la magistrada ordena restituir la niña a España para que sea el juez de ese país el que defina los aspectos de fondo.
Otros casos con finales distintos
En 2012, un pedido de restitución internacional de una nena de dos años terminó con un inusual acuerdo en Tribunales. Los padres, una contadora rosarina y un empresario australiano, consensuaron ante un juez un régimen de visitas y así evitaron la remisión forzosa de la criatura, que quedó al cuidado de su madre y debe viajar tres meses al año a encontrarse con su papá en Oceanía.
El acuerdo entre partes puso freno al trámite de restitución y, desde ese momento, los Tribunales rosarinos se establecieron como la jurisdicción para dirimir disidencias con el régimen de visitas.
En su origen, el caso de esta nena fue similar al de Dante, un niño que en debió regresar con su padre a Estados Unidos, donde nació, y de donde su madre rosarina lo trajo cuando tenía tres meses.
Luego de una disputa, el Tribunal dispuso el retorno a su país de nacimiento y se reencontró con su padre.