La Justicia en lo Civil y Comercial de Rosario condenó a la empresa “Manuel Tienda León” por la sustracción de las pertenencias de un pasajero durante un asalto.
La Justicia en lo Civil y Comercial de Rosario condenó a la empresa “Manuel Tienda León” por la sustracción de las pertenencias de un pasajero durante un asalto.
En la medianoche del 10 de setiembre del 2012 el chófer de un minibús que tenía como destino al aeropuerto de Ezeiza se detuvo en Crespo al 5600 para levantar a un pasajero que estaba acompañado por otras 3 personas.
Cuando el conductor abrió la bodega del vehículo el supuesto pasajero y los acompañantes lo redujeron y portando armas subieron y tomaron el dominio del minibús. A una cuadra sustrajeron el equipaje de los pasajeros y huyeron en una camioneta.
En la resolución, el juez Carlos Cadierno destacó que el hecho delictivo no fue cometido por ladrones que asaltaron por sorpresa, sino por un supuesto pasajero que contrató el servicio en las oficinas comerciales de “Manuel Tienda León”.
El magistrado puntualizó que “en la etapa de contratación de los pasajeros las medidas de seguridad adoptadas no resultaron idóneas para desalentar el asalto”, y calificó a los recaudos tomados como insuficientes.
El juez Cadierno consideró que “el transportista no ha adoptado las medidas de seguridad a su alcance”. El pasajero que planteó la demanda por daños y perjuicios se dirigía a Ezeiza para un viaje a Australia. Por los daños patrimonial y moral la empresa “Manuel Tienda León” fue condenada a pagarle entre capital e intereses cerca de 100.000 pesos.