En un fallo sin precedentes a nivel nacional, los jueces de segunda instancia Daniel Acosta, Carolina Hernández y José Luis Mascali condenaron al mecánico Juan Carlos Schmitt por homicidio simple con dolo eventual elevando la pena de 5 a 9 años de cumplimiento efectivo. La novedad es que revocaron la carátula de "culposo" que tenía la sentencia en primera instancia. El hombre probaba un Audi TT el 31 de marzo de 2016 en la diagonal Rio Negro y Campbell. Conducía a contramano a 130 kilómetros por hora cuando impactó de frente contra el cadete Damián Orgaz, provocándole la muerte.
El dictamen dejó sorprendida a la propia fiscal de la causa Valeria Piazza Iglesias. Es que la Cámara de Apelaciones, en un hecho inédito, revocó la calificación legal de lo resuelto en primera instancia.
Cabe recordar que en la audiencia del último 30 de agosto el tribunal conformado por los jueces de primera instancia Gustavo Pérez de Urrechu, Raquel Cosgaya y Rodolfo Zvala le habían impuesto a Schmitt una pena de 5 años de prisión efectiva y 10 años de inhabilitación para conducir por el delito de homicidio culposo en calidad de autor.
La Fiscalía (que había inicialmente solicitado para el acusado una condena de diez años por el delito de homicidio simple con dolo eventual) apeló la sentencia.
Ayer, pasadas las 8, en la sala 1ª de la Oficina de Gestión Judicial de los Tribunales se llevó adelante audiencia de cámara donde se revocó el dictamen modificando la figura de homicidio simple por la de homicidio culposo en calidad de autor. La Cámara de Apelaciones mantiene la pena de 10 años de inhabilitación.
De esta forma, los jueces Acosta, Hernández y Mascali cambiaron el encuadre en el que se subsume en la figura de homicidio simple (según establece el artículo 79 del Código Penal), fijando una pena para Schmitt de 9 años de prisión efectiva, accesorias legales y costas, modificándose así la condena de 5 años de prisión por la calificación de homicidio culposo. Es más, tampoco se habían registrado antecedentes en la Justicia santafesina en cuanto al plazo de la pena bajo esta carátula.
En su resolución, el Tribunal de segunda instancia consideró que en materia de lo que comúnmente se llama accidente de tránsito "existe una resistencia en aplicar la figura de dolo eventual. Cuando se configuran determinadas conductas de tránsito en zonas residenciales, como circular a más de 100 kilómetros por hora y de contramano, efectuando pruebas de velocidad, emprendiendo carreras o picadas desenfrenadas sin otro objetivo que la competencia por la competencia misma, se configuran acciones que superan los límites de la culpa".
Tras la resolución hubo algo de sosiego de parte de los familiares de Orgaz y satisfacción por parte de los fiscales.
Piazza Iglesias detalló que la condena por homicidio simple es con dolo eventual porque "la persona representa una situación, la ejecuta y no le importa, mientras que con el homicidio culposo se actúa por negligencia, imprudencia o impericia".
La fiscal se mostró sorprendida porque los fallos de Cámara a nivel nacional revocan los dictámenes inferiores de homicidios con dolo eventual. "Aquí ocurrió a la inversa. Se culposo se pasó a simple con dolo eventual".
Los puntos clave para el primer fallo fueron los resultados de pericias de suma trascendencia. Cabe recordar que Piazza Iglesias junto a Florentino Malaponte (de la Unidad de Homicidios) habían acusado al mecánico por el delito de homicidio simple con dolo eventual, solicitando la pena de 10 años de prisión y 10 años de inhabilitación para conducir.
El accidente fatal se produjo el 31 de marzo de 2016, a las 20.30, en la diagonal Río Negro esquina Campbell.
Audi
Schmitt probaba un Audi TT a contramano y a una velocidad aproximada de 130 kilómetros por hora cuando chocó de frente a Orgaz, un cadete que iba con su moto. Piazza Iglesias recordó entre los elementos de acusación reunidos que el mecánico hacía "20 años" que testeaba los coches que reparaba a alta velocidad por esta zona.
La resolución de la Cámara no está en firme. Se puede acudir a otro tribunal del alzada y dejar abierta la puerta para ir a la Corte Suprema de Justicia santafesina y, como última instancia, al máximo tribunal nacional.
Elsa Romero es la mamá de Orgaz. Apenas conoció el fallo de ayer se confesó más "aliviada", pero aclaró que sigue pensando que Schmitt "es un asesino" y que el rostro de su hijo "no se lo va olvidar más".
En declaraciones a La Ocho, Romero insistió que el mecánico "sabía perfectamente lo que hacía. Lo mismo pienso de la persona que lo acompañaba en el auto. También es un asesino. Lo que pasa es que es cuñado de un futbolista muy conocido y no se habla de él. Los dos no nos ayudaron en nada".
La madre de Damián se refirió a un hombre de apellido Ahumada, familiar de un ex jugador de Newell's.
La mujer prometió seguir movilizándose por la causa de su hijo.
Cuando el 30 de agosto pasado, los jueces Pérez de Urrechu, Cosgaya y Svala habían resuelto en forma unánime encuadrar la muerte de Damián Orgaz en un "homicidio culposo" fijándole la pena de 5 años y la inhabilitación por 10 años para conducir, Romero estalló de ira: "¡Este hombre lo cortó en pedacitos a mi hijo. Le arrancó los brazos y piernas. Lo reventó por dentro!".