A quiénes alcanza este asueto, quiénes deberán brindar guardias mínimas a la población y que sucederá en la ciudad
Viernes 19 de Diciembre de 2025
Habrá asueto para el personal de la administración pública provincial los días 24 y 31 de diciembre, vísperas de las fiesta de Navidad y año nuevo. El gobernador Maximiliano Pullaro anunció que firmará el decreto para facilitar la participación en las reuniones de Navidad y Año Nuevo a quienes viven en zonas alejadas de sus familias. La medida se alinea con la decisión de Nación, publicada el lunes pasado en el Boletín Oficial mediante el decreto 883/2025.
De esta manera, los trabajadores estatales tendrán doble descanso durante dos semanas. Primero el miércoles 24 de diciembre por el asueto administrativo y el jueves 25 por el feriado nacional por Navidad. La semana que le sigue, los empleados de la administración pública tendrán libres el miércoles 31 por el asueto declarado y el jueves 1 de enero por el feriado nacional de Año Nuevo.
¿Hay asueto para los trabajadores municipales de Rosario?
Si bien los trabajadores de la administración pública provincial y ncional tienen asegurado dos días extras de descanso durante las semanas de la fiestas, no ocurre lo mismo a nivel local.
¿Qué pasará en Rosario? Para los trabajadores municipales de Rosario el cronograma variará un poco: desde la Municipalidad de Rosario confirmaron a La Capital que los empleados tendrán medio día libre el miércoles 24 diciembre, pero habrá asueto completo el miércoles 31 del mismo mes, por lo que en este caso será igual que lo dispuesto para los empleados públicos nacionales.
A qué trabajadores estales alcanzarán los asuetos
Según lo dispuesto en el Boletín Oficial, los titulares de cada jurisdicción determinarán el personal que deberá prestar servicios de guardia mínimos que aseguren el cumplimiento de los servicios esenciales. Esto implica que áreas críticas como salud, seguridad y atención ciudadana deberán mantener dotaciones mínimas operativas.
El decreto se fundamenta en las facultades conferidas al Poder Ejecutivo para organizar el funcionamiento de la administración pública y establece que las guardias mínimas deberán garantizar la continuidad de las prestaciones consideradas indispensables para la población.
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Por otro lado, en el decreto publicado este lunes se aclara que la disposición no resulta aplicable a las entidades bancarias ni a las empresas y entidades financieras sujetas al régimen de la Ley de Entidades Financieras.