La Cámara Penal de Rosario confirmó la condena a 11 años de prisión por el delito de homicidio simple y resistencia a la autoridad a un conductor que en octubre de 2019 escapó de dos controles vehiculares y luego atropelló y provocó la muerte del policía Marcos Di Fazio en la costanera norte de Rosario. “No le importó en ningún momento el resultado ante la evidencia clara y precisa de advertir el vehículo policial y las señas que hizo Di Fazio, se representó la posibilidad del desenlace fatal y nada hizo para evitarlo”, concluyó el Tribunal de alzada sobre el irreparable resultado del siniestro.
Esta semana se cerró el capítulo judicial de un caso que generó, como otros de esta magnitud, debates y discusiones respecto de la responsabilidad de los automovilistas, y volvió a despertar discusiones en torno a las penalidades y sanciones que corresponden aplicar en siniestros con agravantes y víctimas fatales.
Raid en La Florida
Se trata del lamentable hecho ocurrido el 19 de octubre a las 2 en la La Florida, cuando Matías Erbayo circulaba por avenida Colombres (sentido sur-norte) al mando de un Peugeot 307. Al llegar a la intersección con calle Vila, hizo caso omiso a las señas de detención de los inspectores de la Dirección de Transito de la Municipalidad y prosiguió la marcha.
A media cuadra se encontraba el oficial Di Fazio en un retén policial de apoyo. El uniformado también hizo señas con luces de linterna para detener al Peugeot, pero Erbayo prosiguió, aceleró y lo atropelló. La víctima cayó sobre el capó, pegó la cabeza contra el parabrisas y se desplomó en el pavimento a unos 20 metros.
El conductor se dio a la fuga. Advertido de la gravísima situación, un móvil de Tránsito emprendió una persecución y logró que parara el auto a la altura de avenida Colombres y Gallo, donde finalmente fue detenido.
>> Leer más: Atropelló y mató a un policía en un control y le dieron 11 años de cárcel
Di Fazio, de 39 años y padre de cuatro hijos, falleció producto de las graves heridas que sufrió. El 22 de octubre Erbayo fue imputado por el delito de homicidio simple con dolo eventual, y se le dictó prisión preventiva efectiva a pedido del fiscal de la unidad de Homicidios Culposos, Walter Jurado.
En esa condición llegó al juicio oral y público en septiembre de 2021 en el Centro de Justicia Penal (CJP). Ante un Tribunal integrado por los jueces Hernán Postma, Silvia Castelli y José Luis Suárez, la Fiscalía le atribuyó el homicidio simple con dolo eventual en concurso real con dos hechos de desobediencia y resistencia a la autoridad. Y solicitó la pena de 12 años de prisión efectiva y 10 años de inhabilitación para conducir. La acusación se basó en la conducta temeraria y el desprecio por la vida que demostró. “Se le imputa un accionar doloso, ya que se representó el resultado muerte como posible, sin que ello haya implicado desistir o renunciar a la acción peligrosa para la vida de los oficiales que estaban en el control”, recalcó Jurado.
Pruebas coincidentes
Con pruebas sólidas que se basaron en informes, pericias y declaraciones de testigos presenciales que corroboraron la conducta del automovilista, los jueces avalaron el encuadre legal que propuso el fiscal y condenaron a Erbayo a 11 años de prisión y diez años de inhabilitación especial para conducir vehículos.
El fallo fue apelado por la defensa y quedó bajo revisión de la Cámara Penal, que integró una sala con los jueces Javier Beltramone (presidente), Gabriela Sansó y Bibiana Alonso. Hace unos días, y de forma unánime, confirmaron la sentencia.
Entre otras consideraciones, repasaron y cotejaron jurisprudencia con un minucioso análisis sobre la aplicación de la figura del homicidio simple con dolo eventual, y las diferencias con una acción culposa o negligente.
>> Leer más: Imputan por homicidio simple al conductor que atropelló y causó la muerte de un policía
Los magistrados avalaron la prueba, principalmente la “alta credibilidad de los testigos” que coincidieron al describir la conducta de conductor. Y recordaron que de esos testimonios se desprende que cruzó “no uno, sino dos semáforos en rojo, y que nunca se activó la luz de stop de los frenos al momento de embestir a la víctima”.
"No le importó el resultado"
Estimaron “holgadamente” probada la existencia de los dos controles que eludió el conductor. El juez Beltramone destacó en su voto que hizo una maniobra “casi imperceptible, que claramente no es evitar el impacto. No le importó en ningún momento el resultado. Ante la evidencia clara y precisa de advertir el vehículo policial y las señas de Di Fazio, se representó la posibilidad del desenlace fatal y nada hizo para evitarlo”.
La defensa había planteado como hipótesis que el conductor no vio al policía, pero para la Cámara Penal eso quedó “en una conjetura, que frente a los hechos no puede tener mayor andamiaje”.
“Correctamente, el tribunal del juicio al receptar la teoría del fiscal da cabal prueba del dolo eventual. Al analizar esa figura, Beltramone recalcó que “el autor asume seriamente como posible el resultado, pero sigue adelante construyendo un vínculo indisoluble entre su fin y el resultado disvalioso contemplado de manera certera en la esfera de su voluntad”.
Según el juez, esa voluntad “como integrativa de un hecho psíquico no puede ser probada como tal, pero sí construida a partir de la circunstancias concomitantes anteriores y posteriores que rodean al hecho”, las cuales se dieron por probadas.
Acción criminal
El magistrado remarcó en el fallo que “la acción criminal se inicia al eludir el control vehicular, en una arteria iluminada y de buena circulación, luego continúa al decidir cruzar dos semáforos en rojo y, ante el despliegue policial con un vehículo balizado bien ubicado y claramente visible, circulando a una velocidad que le permitía frenar o esquivar, decidió continuar su marcha a pesar de tener ante sí la representación del resultado muerte”.
Al voto de Beltramone adhirió la jueza Sansó ampliando la perspectiva teórica del Tribunal sobre la figura del homicidio simple con dolo eventual, y también respaldó la solidez de las pruebas exhibidas en el juicio. Alonso, como tercer integrante del Tribunal también votó a favor de la confirmación de la condena.