Condena por una muerte por infección intrahospitalaria
El sanatorio Plaza deberá pagarle a los familiares de la mujer fallecida un millón setecientos mil pesos. La paciente se infectó al ser inyectada sin las medidas de bioseguridad requeridas.

Lunes 18 de Junio de 2012

Condenaron a un sanatorio de Rosario por la muerte de una mujer a causa de una infección originada durante la internación.
El sanatorio Plaza deberá pagarle a los familiares de la paciente fallecida entre capital e intereses cerca de 1.700.000 pesos.

Fue internada en junio de 1992 por un cuadro de hipertensión. Los análisis realizados arrojaron valores normales y ningún signo de infección.
A raíz de un fuerte dolor de cabeza le prescribieron una inyección. La enfermera no podía localizar la vena y utilizó reiteradamente la misma aguja y jeringa en ambos brazos.

Tres días después fue derivada a terapia intensiva. Nuevos análisis de sangre determinaron que padecía septicemia y luego de estar con asistencia respiratoria fallece.
Las pericias efectuadas permitieron comprobar que la mujer adquirió la infección en el marco de la internación y fue consecuencia de la colocación de una inyección “sin la adopción de las medidas de bioseguridad requeridas por un actuar diligente”.

El Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 2 afirma en la resolución que “la venoclisis rehecha reconoce aptitud causal adecuada para producir la infección”.
Los jueces Juan José Bentolila, Viviana Cingolani y Delfina Domínguez sostienen que “es exigible a los médicos la utilización de todos los medios adecuados para llegar al diagnóstico, debiendo agotarse ante la duda las prácticas y exámenes a tal fin”.