Cancelación de deudas a nivel provincial
Además de la moratoria municipal, también continúa vigente la moratoria provincial para los contribuyentes santafesinos con deudas impositivas vencidas al 30 de noviembre del año pasado. Los mismos pueden acogerse al régimen de regularización incluido en la ley tributaria aprobada a fines del año pasado. El plan alcanza a todos los impuestos provinciales y habrá plazo para entrar hasta fines de abril.

Lunes 24 de Febrero de 2020

Además de la moratoria municipal, también continúa vigente la moratoria provincial para los contribuyentes santafesinos con deudas impositivas vencidas al 30 de noviembre del año pasado. Los mismos pueden acogerse al régimen de regularización incluido en la ley tributaria aprobada a fines del año pasado. El plan alcanza a todos los impuestos provinciales y habrá plazo para entrar hasta fines de abril.

El plan está destinado a poner el día las deudas existentes en materia de ingresos brutos, sellos, inmobiliario, patentes, embarcaciones y tasas retributivas de servicios.

Los contribuyentes también pueden ponerse al día con las mejoras no declaradas en sus inmuebles. Por otra parte, quienes adhirieron al blanqueo nacional aprobado en 2016 y no pagaron el impuesto especial de la provincia, también pueden regularizar la situación.

Las obligaciones a regularizar se actualizarán a una tasa del 2 por ciento mensual, un interés que está muy por debajo de la inflación. La deuda se podrá cancelar al contado con planes de hasta 36 cuotas, según el siguiente detalle:

Contado: abonando dentro de la vigencia del régimen de regularización se reducirán los intereses en un 70 por ciento.

Doce cuotas: la tasa de interés por financiamiento será del 1,5 por ciento mensual aplicable sobre saldos, sistema alemán, con una reducción de los intereses de un 30 por ciento.

Veinticuatro cuotas: interés por financiamiento del 2 por ciento mensual, con una reducción de los intereses de un 15 por ciento.

Treinta y seis cuotas: interés por financiamiento del 2,5 por ciento mensual. Debe abonarse la primera cuota al momento de proponer el plan de pago.