Regulan a las prepagas: sus afiliados podrán cambiarse una sola vez al año
El gobierno nacional reglamentó la ley 26.682 de medicina prepaga, que autoriza a los usuarios a cambiar de prestador una vez por año, aunque modificó la norma sancionada el 4 de...

Viernes 02 de Diciembre de 2011

El gobierno nacional reglamentó la ley 26.682 de medicina prepaga, que autoriza a los usuarios a cambiar de prestador una vez por año, aunque modificó la norma sancionada el 4 de mayo último e incluyó a las obras sociales sindicales, además de cooperativas y mutuales en la normativa. También establece que todas deben cubrir el conjunto de prestaciones mínimas conocido como Programa Médico Obligatorio (PMO).

Mediante los decretos 1991 y 1993, la Casa Rosada corrigió la ley votada en sesión especial pedida por el bloque oficialista del Frente para la Victoria (FPV), que excluía a las obras sociales gremiales, las cooperativas y mutuales, las asociaciones civiles y fundaciones. En todos los casos, los pedidos de aumento de cuotas quedarán supeditados a un "dictamen vinculante" de la Secretaría de Comercio Interior, a cargo de Guillermo Moreno. Se determinó que la ley 26.682, en su artículo 1º, regula a "empresas de medicina prepaga" pero también a "cooperativas, mutuales, asociaciones civiles y fundaciones", y a las comprendidas en la ley 23.660, es decir, a las obras sociales sindicales y las que pertenecen al personal de dirección de empresas.

El segundo decreto reglamentario aborda los 30 artículos de la norma. El artículo 7º impone a los prestadores "cubrir como mínimo en sus planes de cobertura médico asistencial el Programa Médico Obligatorio (PMO) en vigencia". La reglamentación autoriza a las operadoras a romper el vínculo contractual ante la falta de pago de tres cuotas "íntegras y consecutivas", o por falsedad en la declaración jurada.

Según un estudio de la consultora Claves Icsa entre más de dos mil usuarios de medicina prepaga, la mitad no sabe si la nueva ley los benecia o no. De acuerdo con el estudio, con la nueva ley se espera que el mercado se concentre entre las empresas líderes del sector. Por número de afiliados, las prepagas captan el 16 por ciento de afiliados y las obras sociales el 84 por ciento restante, según Claves Icsa.

Visión oficial. "Este es un paso trascendente en materia del indelegable rol regulatorio del Estado, y se inscribe en la nueva etapa definida por la presidenta como sintonía fina", declaró el ministro de Salud Juan Manzur, para quien es "un avance significativo para la gestión sanitaria y para la integración de los subsectores público y privado". La Superintendencia de Servicios de Salud establecerá las características que deberá reunir el futuro padrón de usuarios de prepagas, para que, cuidando la confidencialidad, sea utilizado por el sistema público a fin de identificar a las personas con padecimientos y las prestaciones a las que acceden.

"Es la primera vez que en la Argentina vamos a tener información de los efectores y financiadores privados sobre la atención de sus beneficiarios", destacó el titular de la Superintendencia de Servicios de Salud, Ricardo Bellagio. l (DYN y Télam)