Miércoles 25 de Octubre de 2023
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), a partir de las resoluciones 8698/2023 y 8700/2023 publicada en el boletín oficial, resolvió prohibir “la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización en todo el territorio nacional” venta de dos marcas de aceite de oliva.
Se trata de dos marcas oriundas de Mendoza y de la Rioja cuyos productos están erróneamente rotulados, lo que puede generar un riesgo en sus consumidores.
Ambos aceites de oliva fueron vetados por Anmat porque tanto el número de Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA), como el Registro Nacional de Establecimientos (RNE) indicados son “inexistentes”. Esto llevó a que sean considerados como “productos ilegales” por el ente regulador, ya que “no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones, su elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente”.
Por un lado, una de las marcas que resultó inhabilitada por el Anmat fue “San Marcos Cuyanos”, cuyo recipiente sostenía que provenía de Mendoza y que el artículo era envasado por San Marcos Cuyanos S.A. Sin embargo, a partir de las investigaciones realizadas se comprobó que los datos que figuraban en la botella de aceite de oliva eran falsas, ya que no son corroborables, un requisito básico para cualquier producto alimenticio que se encuentre en el mercado.
En tanto que la segunda marca prohibida es oriunda de La Rioja, llamada “Leituva”, cuyo recipiente indicaba que había sido prensado en frío, elaborado y producido por Madres Hermanos en Villa Manzan. No obstante, sucedió lo mismo que con el aceite “San Marcos Cuyanos”, tanto el número de RNPA como el de RNE figuraban como inexistentes, motivo por el cual ambas marcas fueron vetadas por la Anmat para su producción y comercialización en todo el país.
>>Leer más: Prohíben la venta de dos medicamentos porque ponen en riesgo la salud