Para la Justicia, intercambiar mensajes eróticos no es adulterio
Un tribunal porteño resolvió que el intercambio de “palabras o mensajes cargados de erotismo y de fantasías” entre un hombre casado con una mujer que no es su  esposa es sólo “infidelidad virtual” y no configura adulterio

Martes 11 de Octubre de 2011

Un tribunal resolvió que el intercambio de “palabras o mensajes cargados de erotismo y de fantasías” entre un hombre casado con una mujer que no es su  esposa es sólo “infidelidad virtual” y no configura adulterio.

La Sala M de la Cámara Civil rechazó así el intercambio de correos electrónicos como presunta “prueba” de la infidelidad del  hombre, en el contexto de un complicado juicio de divorcio. Según el fallo, al que tuvo acceso DyN, el hombre (cuya  identidad, al igual que la de su ex esposa, esta agencia mantendrá en  reserva) “inició demanda de divorcio vincular contra su cónyuge  fundada en la causal de separación de hecho sin voluntad de unirse por  más de tres años”, pero ella “al contestar el traslado inicial,  dedujo reconvención contra el actor por las causales de injurias  graves y adulterio”.

En efecto, en el juicio surgió que una hermana de la mujer “reconoció haber tenido relaciones con (su cuñado) en dos oportunidades, durante el verano de 1989”, pero el tribunal  advirtió que después de ello “hubo reconciliación” en la pareja, lo que  dio por probado “a través de los viajes a Brasil realizados por  la familia en los años 90/91 y 92/93 y la mudanza a un nuevo  departamento en 1994, que la propia mujer reformó y redecoró”.

“Ante la operatividad de la reconciliación, no resulta  admisible fundar una demanda de divorcio en hechos anteriores a aquélla”,  dijeron los jueces Mabel De Los Santos y Fernando Posse Saguier.
No conforme con ello, la mujer alegó que hubo más  infidelidades, que intentó probar presentando copias de e-mails de su marido  con una mujer en Centroamérica, “préstamos dinerarios, el envío de  una encomienda y el viaje” a esa región.

Sin embargo el marido argumentó que con la otra mujer “nunca  se conocieron personalmente”, y el tribunal coincidió en que “las  expresiones de matiz amoroso -y, por momentos, erótico- que se  observan en los e-mails intercambiados pertenecen al ámbito de la  autonomía privada de sus emisores”.
“Las pruebas incorporadas a la causa si bien aportan elementos  indiciarios, no tienen la concordancia y precisión necesaria para  constituir la acreditación por vía de presuncionesà no basta con  el intercambio de palabras o mensajes cargados de erotismo y de  fantasías entre los dos polos de comunicación de la red pues la  infidelidad virtual, en tanto no pase a 3D, no llega a consumar el  encuentro carnal que configuraría el adulterio”, resume el fallo.
“Las razones del desamor también son misteriosamente diversas  y no responden a una sola concepción moral. Cuando el amor no es  más fuerte, se extingue el vínculo matrimonial sin que existan  culpables o inocentes. Estamos ante dos personas que han dejado de  amarse y tienen derecho a construir una nueva vida con un  significado distinto”, reflexionaron los camaristas, al decretar el divorcio  por culpa de ambos, mas no por adulterio.
   NOE SA