Nuevo Código: se podrá dejar por testamento un tercio de los bienes
Sustancial reforma si se aprueba el proyecto oficial: actualmente es solo una quinta parte. Primeras reacciones en contra de abogados de Rosario, que no le ven sentido al cambio.

Sábado 31 de Marzo de 2012

El proyecto de reforma al Código Civil que presentó la presidenta Cristina Kirchner contempla simplificar el divorcio, facilitar la adopción, instaurar los contratos prenupciales y modernizar la legislación sobre fertilización asistida, entre otros temas, pero también introducir un significativo cambio en los testamentos.

El gobierno propone bajar la comúnmente llamada "porción legítima de herederos forzosos" del 80 por ciento al 66 por ciento de los bienes. Dicho al revés: una persona tendrá potestad para dejarle hasta un tercio de su patrimonio a alquien que no sea heredero forzoso, una porción sustancialmente mayor a la quinta parte que rige actualmente y desde hace décadas.

El sistema argentino corre contrario al anglosajón (de los norteamericanos o los ingleses) que permiten dejarle todo a quien se quiera. Para alegría o desdicha de los seres que sienten que van a partir, aquí está instaurada la figura del heredero forzoso, los familiares directos.

En Rosario, a través de una ronda de consultas iniciada por La Capital, se advierten las primeras resistencias por parte de los abogados a la propuesta del Poder Ejecutivo.

Arturo Araujo, ex presidente del Colegio de Abogados y actual síndico de la caja de jubilaciones de los profesionales de la provincia, asegura que en el foro son mayoría quienes disienten con este punto del anteproyecto de reforma.

"En términos jurídicos, la propuesta del gobierno en materia sucesoria se denomina 'revisión de la parte legítima' o también 'ampliación de la parte disponible'; y en mi opinión no se advierte la utilidad de la propuesta", expresó Araujo. "Rompe una tradición, que es la de no perjudicar a los herederos forzosos. Mantener el 20 por ciento me parece adecuado y al anteproyecto del gobierno no le veo razón de ser", agregó.

Cuando en el año 2010 se conocieron las primeras informaciones de legisladores oficialistas proponiendo cambiar el sistema en la dirección en que finalmente lo anunció la presidenta, los abogados rosarinos fueron primeros en reaccionar. Le pidieron a la Federación Argentina de Colegios de Abogados (Faca) que solicite audiencia en el Congreso, solicitud que la entidad de ámbito nacional cumplió.

Ahora, pese a que la presentación dio todas las muestras de que los cambios trascienden la voluntad partidaria o del Poder Ejecutivo (el primer presentador fue el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, y siempre se aclaró que una comisión de juristas fue la que intervino en la redacción), tanto Araujo como otros abogados opinaron en contra.

Pelea con escribanos. Araujo pronosticó que el proyecto provocará "disputas profesionales" con los escribanos. "El notariado argentino motorizó parte de estas reformas", dijo, y señaló las mismas facilitarán -si se implementan- los trámites sucesorios "a través del atajo de las escrituras públicas".

Para él, la reforma "abreva el un pensamiento liberal, que no cierra en el esquema del pensamiento de un gobierno nacional o justicialista".

En este punto, otro abogado, Cesar Grau, titular de la caja de jubilaciones de los profesionales del sector, opinó que "conceptualmente, el proyecto de unificación de los códigos Civil y Comercial se puede definir como una reforma profundamente liberal, rescatándose muchos de los mismos temas de los dos intentos fallidos de la década del 90".

De todas maneras Grau rescató "la protección a los herederos con discapacidad, ya que introdujo una mejora en su favor", apuntó, citanto el artículo 2448 que dice que "el causante puede disponer, por el medio que estime conveniente, incluso mediante un fideicomiso, además de la porción disponible, de un tercio de las porciones legítimas para aplicarlas como mejora estricta a descendientes o ascendientes con discapacidad".

"Por último -apuntó Grau- se nota un encarecimiento económico de muchas cuestiones y trámites, donde llamativamente se exige que sean hechas por escritura pública cuando podrían realizarse por instrumento público (ante un funcionario público) o directamente por instrumento privado entre las partes. Ejemplo, no hay fundamento para exigir que los pactos "prematrimoniales" sean hechos exclusivamente por "escritura pública". Aquí, como en el resto del proyecto, el fuerte liberalismo de esta reforma, ha cedido en favor de la corporación de los escribanos, aumentando los costos para el conjunto de los ciudadanos.