Miércoles 20 de Enero de 2010
La Justicia porteña consideró que el enfrentamiento verbal entre dos hombres fue una amenza y no un acto discriminación.
Los dos hombres estaban en un café de Puerto Madero. De repente, uno de ellos empezó a gesticular y gritar porque el otro, un comerciante, no le pudo pagar el dinero que le debía.
El peor momento de la discusión fue cuando el acreedor lo insultó: “Judío hijo de puta. Sos un garca igual que tu familia y todos los judíos. Hitler los tendría que haber matado a todos”.
El hecho llegó a juicio, pero la Sala Primera de la Cámara Federal porteña llegó a una conclusión polémica: consideró en un fallo unánime que no fue un caso de odio racial o discriminación. Para los camaristas, se trató de una amenaza.
“El contenido de las frases proferidas, por más repudiable que sea, representó un modo –por cierto, poco feliz– de exteriorizar el descontento devenido de relaciones comerciales y se enmarcó, en verdad, en una eventual amenaza. A raíz de una desavenencia comercial podría constituir el delito de amenazas, pero no persecución y odio racial”, argumentaron los camaristas Eduardo Freiler y Eduardo Farah.
La pelea ocurrió el 1 de julio de 2009 en el café I Fresch Market, donde los hombres se encontraron para tratar de acordar el pago de una deuda. El damnificado presuntamente le debía la plata de dos pasajes de avión al agresor, que además de insultarlo, lo amenazó: “Si querés, denunciame por xenófobo porque odio a los judíos. Sí, soy antisemita y xenófobo. Yo fumo adentro de un tanque de nafta. Mañana quiero la plata. No me importa nada, total salgo en seis meses por emoción violenta”.
La Cámara Federal se expidió en una cuestión de competencia y resolvió que el caso fuera resuelto por la Justicia ordinaria y no por la federal.
Los camaristas consideraron que “las agresiones verbales descriptas se habrían originado en el marco de un vínculo comercial consistente en la contratación de pasajes aéreos de cabotaje. Dicha relación se fue deteriorando pues el imputado habría comenzado a incumplir las obligaciones comerciales”.