Las sanciones se aplicarán desde el 18 de julio
Estarán a cargo de la Oficina de Monitoreo de Avisos de Oferta Sexual, creada por el decreto presidencial que prohibió el rubro 59.

Jueves 07 de Julio de 2011

La Oficina de Monitoreo de Avisos de Oferta Sexual, el organismo que fue creado por un decreto de la  presidenta Cristina Fernández, podrá aplicar sanciones a partir  del 18 de julio a los medios de comunicación o portales de internet  que violen la prohibición de difundir las publicidades  contempladas en la resolución, confirmó hoy el ministro de Justicia de la  Nación, Julio Alak.

El funcionario expresó que durante la jornada se reunió con representantes de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación  Audiovisual (AFSCA) y del Consejo Nacional de las Mujeres para  acordar la conformación de la Oficina. Sin embargo, aclaró que “internamente está funcionando a pleno  todo el mecanismo” que dispone el decreto 936/11 firmado el  martes último por la Presidenta, que prohíbe la publicación en los  medios de comunicación de avisos que promuevan la oferta sexual. Alak, en declaraciones a radio Continental, resaltó que  “muchos medios han dejado de publicar hoy avisos”, aunque otros  continuaron haciéndolo.

“Si no se especifica claramente en el texto, la vigencia de  una norma, según establece el Código Civil, comienza a correr a los  ocho días hábiles de la publicación” en el Boletín Oficial, dijo  el ministro de Justicia. El funcionario, al respecto, señaló que los medios de  comunicación que mantengan la publicación de avisos con ofertas sexuales  serán “notificados de la vigencia del decreto”. “Las sanciones comenzarán (a aplicarse) el 18 de julio”,  agregó Alak.

Consultado sobre si la medida presidencial alcanza sólo a los  medios de comunicación impresos, el ministro refirió que “el  espíritu del decreto claramente determina que será controlada y  prohibida toda la oferta (sexual) por cualquier medio, que incluye a los  que no son gráficos”, entre ellos los portales de internet. Además, Alak indicó que la resolución también alcanza a los  folletos que se pegan o reparten en la vía pública.

La difusión de la oferta sexual por medio de avisos “es un  vehículo” para la trata de personas, un delito “aberrante” que tiene  como objetivo “la explotación” de jóvenes, adolescentes,  niñas y  niños. Por último, el funcionario opinó que la prohibición de avisos  de índole sexual es también “una forma de evitar la discriminación  de la mujer, a la que se muestra como un objeto”. (DyN)