La Afip aclaró que los viajes a Malvinas están exceptuados del recargo del 35%
El organismo que conduce Ricardo Echegaray realizó la aclaración tras la contradicción marcada por un particular que intentó visitar el archipiélago y le fue facturado el impuesto por viajes al exterior.

Viernes 04 de Abril de 2014

La Administración Federal  de Ingresos Públicos (AFIP) aclaró hoy que las Islas Malvinas no se  encuentran alcanzadas por la percepción del 35 por ciento que el  organismo cobra a cuenta del impuesto a las Ganancias o Bienes  Personales para los viajes y compras en el exterior, ya que  “integran el territorio nacional de la República Argentina”.

La dependencia que conduce Ricardo Echegaray publicó hoy en  el Boletín Oficial una norma aclaratoria de la resolución Nº 3.450  y su modificatoria, debido a que, indicó, “algunos operadores  turísticos, compañías de transporte de pasajeros y administradoras  de tarjetas de crédito, débito y/o compra, han efectuado  interpretaciones ajenas al sentido de la citada norma”.

En los considerandos, recordó que en esa medida “se  estableció un régimen de adelanto de impuesto a las Ganancias y/o  Bienes Personales respecto de ciertas operaciones en y con el  exterior, extendiéndose luego la utilización de dicha herramienta  fiscal a la venta de moneda extranjera para gastos de turismo y  viajes”.

En ese marco, la AFIP indicó que “las Islas Malvinas,  Georgias del Sur y Sandwich del Sur integran el territorio nacional  de la República Argentina, y por ende el régimen de adelanto de  impuesto, creado por la resolución general aludida, no es de  aplicación a la compra de pasajes o servicios turí¡sticos que las  tengan como destino ni a las operaciones que allí¡ se efectúen”.

“Asimismo, debe aclararse que las compras de moneda a  utilizarse en el territorio de Islas Malvinas, Georgias del Sur y  Sandwich del Sur no se encuentran comprendidas entre las  operaciones alcanzadas por la Resolución General 3.450 y su  modificatoria”, añadió el organismo tributario en la argumentación.

Sobre esta cuestión, en el artí¡culo 2 de la la resolución  3.609 publicada hoy se explicó que “la solicitud de validación  fiscal de los fondos para la adquisición de moneda extranjera  -billetes o cheques de viajero- para gastos de turismo y viajes” al  archipiélago “se efectúa seleccionando en el campo `paí¡s de  destino referente` del programa `Consulta de Operaciones  Cambiarias` establecido mediante el Anexo VI de la Resolución  General Nº 3.421, la opción `Argentina - Islas Malvinas`”.