El Senado aprobó la ley que baja la mayoría de edad de los 21 años a los 18
La Cámara de Senadores de la Nación convirtió ayer en ley la mayoría de edad a los 18 años. La norma establece que los jóvenes de 18 años podrán viajar al exterior, casarse o firmar el contrato de alquiler sin el permiso de sus padres. No obstante, los padres o tutores deberán.

Jueves 03 de Diciembre de 2009

La Cámara de Senadores de la Nación convirtió ayer en ley la mayoría de edad a los 18 años.
 La resolución, que modifica el Código Civil y fue promovida en la Cámara alta por el senador socialista por Santa Fe Rubén Giustiniani, establece que los jóvenes de 18 años podrán viajar al exterior, casarse o firmar el contrato de alquiler sin el permiso de sus padres. No obstante, los padres o tutores deberán continuar con la manutención de los hijos y su obra social hasta cumplir los 21 años.
  La norma será publicada en el Boletín Oficial, en principio dentro de diez días.
  La inciativa había cosechado el aval de la Cámara de Diputados la semana pasada y había sido elevado a la cámara Alta para su aprobación. “La reducción de la mayoría de edad de los 21 a los 18 era una deuda del Parlamento con los jóvenes argentinos. El contexto actual permite que los jóvenes se incorporen más tempranamente a la vida activa, realidad que confronta con una legislación anacrónica que impide a los menores de 21 ejercer plenos derechos en materia civil y comercial”, sostuvo anoche Giustiniani.
  La modificación del Código Civil permitirá a los jóvenes, por ejemplo, tramitar documentos, firmar contratos, encarar emprendimientos comerciales y casarse a los 18 sin autorización de sus padres.
  La reducción de mayoría de edad se había transformado desde la reforma de la Constitución nacional de 1994 en un incumplimiento constitucional que debía ser subsanado, ya que según la Convención de los Derechos del Niño aprobada por Argentina, el límite temporal para considerar a una persona como un niño son los 18 años.
  Además, se corresponde con la opinión de la doctrina más moderna, los tratados internacionales y la legislación de países como España, Alemania, Canadá, Estados Unidos, Francia, Italia y Perú, y los países que integran el Mercosur.

Excepciones. Giustiniani explicó que “la reducción de la mayoría de edad a los 18 podría tener, sin embargo, algunos efectos jurídicos no deseados, ya que al cesar la patria potestad a esa edad se extinguiría la obligación alimentaria de los padres y las obligaciones en materia de previsión social”.
  En tal sentido, destacó que “se planteó como excepción que éstas se extiendan hasta los 21. De este modo, un importante número de jóvenes mayores de 18 años que aún viven con sus padres, porque se encuentran afectados por el flagelo del desempleo o porque continúan estudiando y no trabajan, seguirán contando con tales beneficios”.
  El proyecto había generado voces discordantes ya que, según algunos especialistas, fijar en 18 años la mayoría de edad implicaba “cargar de responsabilidades a los jóvenes”. En la vereda de enfrente, sus defensores argumentaron que es “adecuarse al movimiento legislativo de los países occidentales”. l