Covid-19: el gobierno dispuso el fin de la obligatoriedad del uso de barbijo
El Ministerio de Salud oficializó la decisión dado que el virus que causa la enfermedad "se ha convertido en un virus circulación estacional"

Miércoles 21 de Septiembre de 2022

El Ministerio de Salud declaró este jueves la no obligatoriedad del uso del barbijo en la Argentina. La decisión, dada a conocer en las primeras horas del miércoles a través de la resolución 1849/2022 publicada en el Boletín Oficial, tiene lugar a dos años y medio del comienzo del aislamiento social, preventivo y obligatorio (Aspo) declarado por el gobierno nacional para paliar los efectos de la pandemia de Covid-19.

Sin embargo, la cartera a cargo de Carla Vizzotti, continúa recomendando el uso de barbijo "en espacios interiores, incluyendo los ámbitos laborales, educativos, sociales y el transporte público".

Entre las "medidas de prevención general" se sugiere asegurar la ventilación de los ambientes; mantener la higiene adecuada y frecuente de manos; ante la presencia de síntomas evitar el contacto con otras personas, no acudir a actividades laborales, sociales, educativas, lugares públicos y evitar el uso de transporte".

Según la resolución, "el SARS-CoV-2 se ha convertido en un virus circulación estacional", lo que hace que la utilización del barbijo quede solo reservada a la presentación de "escenarios particulares".

Asimismo, el texto resalta la importancia de las coberturas de vacunación que "lograron disminuir de manera considerable la incidencia de enfermedad grave y la mortalidad por Covid-19, independientemente de la variante circulante".

En tanto que sobre la aplicabilidad de estas medidas, la resolución señala: "cada jurisdicción podrá adoptar las recomendaciones pertinentes en función de su situación epidemiológica particular y la estrategia sanitaria planificada".

La norma en la provincia de Santa Fe

En abril de este 2022, mediante la Resolución 0161/22, el gobierno de la provincia de Santa Fe eliminó la obligatoriedad del uso de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón (barbijo o tapabocas) en el desarrollo de las actividades sociales, deportivas, culturales, religiosas, económicas y de servicios.

De todas maneras, la normativa recomienda que se continúe utilizando en espacios cerrados compartidos o de ingreso público y en lugares de trabajo que no cuenten con suficiente ventilación cruzada.