Viernes 02 de Octubre de 2009
Buenos Aires- El periodista Mauro Viale, cuyo verdadero nombres es Mauricio Goldfarb, fue condenado a indemnizar con 170 mil pesos más intereses a contar desde 1997 a un abogado al que llamó “ladrón” ante las cámaras del programa de TV que conducía por entonces.
El fallo fue dictado por la juez en lo civil Dora Gesualdi y beneficia al abogado José Novello, conocido mediáticamente por haber representado a simpatizantes de Chacarita Juniors en el juicio oral en el que fueron condenados barras bravas de Boca Juniors, entre ellos los hermanos Rafael y Fernando Di Zeo.
Según el fallo, al que tuvo acceso DyN, Novello fue tildado por Viale “en forma genérica de ladrón y que había estado preso por ladrón”, cuando concurrió al programa Mediodía con Mauro, que se emitía por el canal América 2 en enero de 1997.
Por aquel entonces se había producido un espectacular robo al Banco de Crédito Argentino, sucursal Barrio Norte, en el que presuntamente Viale habría resultado perjudicado y por el que sospechaba de la autoría de un convicto que varios años antes había sido condenado por un episodio de características parecidas pero respecto del Banco de Galicia.
Novello era abogado de ese sospechado por Viale, quien no obstante- nunca fue vinculado por la Justicia con el robo al Banco de Crédito Argentino.
El periodista invitó al abogado a su programa, pero tras una discusión “cuando Novello se retiraba Viale con un papel en la mano lo increpó en forma genérica de ladrón y que había estado preso por ladrón”.
“Durante la tarde (Novello) recibió nuevos llamados de la producción para que concurriera a explicar el caso. Ante las injurias vertidas decidió concurrir al programa donde, lejos de poder aclarar su situación, se lo volvió a tildar de ladrón, como también a su cliente”, se lee en el fallo.
Viale se retractó en el juicio penal por “calumnias e injurias”, pero en su correlato civil por ”daño emergente y daño moral” fue condenado a pagar 80 mil y 90 mil pesos por cada rubro, con más los intereses a contar desde que se produjo el hecho, que todavía no fueron calculados porque falta fijar un criterio único por parte de la Cámara Civil.
“En nuestra sociedad, cuya cultura cívica pone en alta estima la reputación y la honra que otros no reconocen, los dichos difundidos por el demandado (Viale) no pueden ser calificados como carentes de entidad injuriante. Por tanto, considero que las mentadas expresiones exceden el marco de la crítica inherente a la actividad del actor (abogado) y llegan a lesionar su dignidad personal”, sostuvo la jueza Gesualdi.
“Una cosa es emitir una opinión en punto al actuar público de una persona, incluso disintiendo con su proceder, y otra cosa es agraviarlo”, añadió la magistrado.
El fallo es de primera instancia y apelable ante la Cámara Civil y, eventualmente, ante la Corte Suprema de Justicia. (DyN)