Audiencia pública en la Corte Suprema para resolver el cultivo de cannabis con fin medicinal
El más alto Tribunal del país hoy escuchará a familiares de niños en tratamiento que piden acceder al cultivo controlado de las plantas en sus casas

Martes 26 de Abril de 2022

La Corte Suprema de Justicia escuchará este miércoles diferentes argumentos antes de pronunciarse en un caso que llevó hasta el máximo tribunal la discusión acerca de si las familias de niños y adolescentes bajo tratamiento con cannabis terapéutico deben ser facultadas a “cultivar para sus hijos sin control del Estado”, en lo que podría ser “el fallo Arriola del autocultivo con fines medicinales”, según especialistas.

“Estamos pidiendo a gritos que se nos deje de perseguir, necesitamos dejar de estar expuestas a que nos denuncien, nos allanen y nos secuestren las plantas que cultivamos para nuestros hijos”, dijo a Télam Laura Acosta, presidenta de Mamás Cannabis Medicinal (Macame) y una de las impulsoras del recurso de amparo que llegó a la Corte. Para que cese esta situación, esta madre de una adolescente con una encefalopatía severa que redujo sus convulsiones diarias gracias al aceite de cannabis que preparan en su casa, reclama “que se declare inconstitucional la penalización del cultivo de cannabis que hacemos en el ámbito privado, sin afectar a terceros y por cuestiones de salud”.

La segunda audiencia pública convocada por la Corte en lo que va del año estará dedicada al recurso presentado por dos integrantes de Macame ante el revés obtenido ante la Cámara Federal de Rosario a la que acudieron en representación de sus hijos menores de edad.

Durante la audiencia invocarán sus argumentos cuatro de los 20 amigos del tribunal -entre los que se encuentra el CELS-, además del Procurador General de la Nación, la Defensora General de la Nación, y las partes involucradas.

“Se abordará un tema sensible en relación a dos cuestiones: el derecho a la salud en general y de niños y niñas en particular, y el otro es la criminalización de aquellas personas que cultivan para procurarse medicamentos“, dijo el director de litigio del CELS, Diego Morales.

Por su parte, el coordinador del Área Política de Drogas de la Asociación Pensamiento Penal (APP) Andrés Bacigalupo explicó que “lo que se está discutiendo es la facultad que tienen las familias, madres y padres para cultivar cannabis con fines terapéuticos sin control del Estado” para el tratamiento a partir de aceites elaborados de manera artesanal con lo cosechado.

“Lo que discutirán es la obligatoriedad de tener que inscribir a los niños en un programa de experimentación para obtener el aceite (industrial) de manera gratuita por parte del Estado o en el Registro del Programa Cannabis (Reptrocann) para acceder al cultivo controlado de la planta de cannabis en sus casas”, agregó.

A partir de la sanción de la Ley 27350 de 2017, su reglamentación y diferentes resoluciones accesorias del Ministerio de Salud se estableció que las personas con patologías contempladas pueden acceder a éste de dos maneras: mediante la disponibilidad del aceite fabricado industrialmente -ya sea a través de la adquisición, la provisión por obras sociales y prepagas, o suministrado de forma gratuita por el Estado a partir de la inclusión del paciente en el Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis- o mediante el autocultivo habilitado solo para quienes estén inscriptos en el Reprocann, que permite tener entre 1 y 9 plantas florecidas a partir de prescripción de un médico también inscripto en esta base de datos.

“Hay dos cuestiones: la primera es que la ley habilita al Estado argentino a entregar de manera gratuita el cannabis por motivos de salud solo en aquellos supuestos en que la persona se someta a procesos de experimentación que podrían afectar tu integridad física y psíquica”, dijo Morales.

“La segunda es que el Reprocann tiene regulaciones que no impiden que la Justicia criminalice a los autocultivadores inscriptos, porque vos podes hacer el pedido de inclusión pero no necesariamente este reconocimiento es inmediato. Por otro lado, es un reconocimiento vigente solo por un año, un límite que pueden habilitar la criminalización” en los lapsos no cubiertos, agregó.

“La decisión es tan importante porque la Corte puede producir el allo Arrioladel autocultivo con fines medicinales”, apuntó Bacigalupo.

En ese sentido, recordó que en la mencionada sentencia que en 2009 despenalizó por inconstitucional la tenencia de estupefacientes para consumo personal “restringió sus alcances al ámbito de la intimidad o privacidad y a condición de que no afecte a terceros”, y no hizo alusión al autocultivo, lo que ha llevado que “en estos 12 años se hayan producido una gran cantidad de causas penales a partir de casos que caen en una zona gris” como el consumo en la vía pública o en un espacio privado compartido con terceras personas, entre otras.

Morales aseguró, a su turno, que la expectativa es que la Corte ofrezca una “más ajustada interpretación en la que quede clara la no imputación” de delitos contemplados en la Ley de Drogas para personas que cultivan cannabis con fines terapéuticos, al tiempo que deje establecido que “no se puede hacer un intercambio de experimentación por acceso a los medicamentos”.

“Desde Pensamiento Penal siempre consideramos que estas regulaciones para la autorización de autocultivo con fines terapéuticos son una solución intermedia y pasajera, porque el camino es la despenalización (del cultivo) y la eliminación del cannabis de la lista de estupefacientes”, dijo Bacigalupo.

Es que “en los hechos, luego de la entrada en vigencia de las normas del Ministerio de Salud, ha sido el mismo Estado, mediante las fuerzas de seguridad, las que han seguido criminalizando tanto inscriptos como no inscriptos” en el Reprocann porque hay fallas “en la capacitación a las fuerzas policiales y de seguridad en esta normativa que es el excepción a una ley penal”.

Entre los argumentos que se expresarán en contra de lo solicitado por Macame, se cuentan el presunto riesgo de intoxicación con cannabis o adicción así como la necesidad de preservar tanto el interés superior del niño sobre decisiones de los padres.