Sí a los vidrios polarizados
Leí el pasado jueves declaraciones de Hebe Marcogliese, funcionaria de la Dirección de Seguridad Vial de la provincia, y a otro de apellido Franco.

Martes 31 de Agosto de 2010

Leí el pasado jueves declaraciones de Hebe Marcogliese, funcionaria de la Dirección de Seguridad Vial de la provincia, y a otro de apellido Franco. Llama la atención que estos funcionarios (fundamentalmente Hebe que estuvo a cargo de Tránsito Rosario) desconozcan o hagan caso omiso a ordenanzas municipales y leyes nacionales referidas a la seguridad en el tránsito. Quiero refrescarles la memoria para que no sigan cometiendo errores respecto al uso y utilidad de los mal llamados "polarizados". 1) La ley nacional de tránsito 2449 del 23/12/94 (a la que adhiere la provincia de Santa Fe) dice en su "Art. 30: requisitos para automotores. Los automotores deben tener los siguientes dispositivos mínimos de seguridad: ...f) Vidrios de seguridad o elementos transparentes similares con el grado de tonalidad adecuado; g) protección contra encandilamiento solar". 2) Existe desde hace un tiempo en Rosario una ordenanza al respecto y es la Nº 7.550 en sus consideraciones dice textualmente: "...la normativa vigente en el orden nacional (ley 24.449 de tránsito), a la cual la Municipalidad de Rosario adhiere en su articulado...". "Que se ha generalizado la aplicación de láminas denominadas de seguridad y control solar las cuales evitan el estallido de los cristales en caso de accidente, evitan el encandilamiento lateral... y filtran el 99 por ciento de la radiación ultravioleta" . La ordenanza refrenda todos estos conceptos y con fecha 25/10/2004 dice finalmente: "Artículo 2.2.2: las láminas de control solar, se podrán aplicar a toda la superficie de los vidrios laterales de conductor y acompañante y parabrisas traseros"... "Cúmplase, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dese a la Dirección General de Gobierno". Y la firman Juan Carlos Zabalza (secretario de Gobierno de la Municipalidad de Rosario) y Miguel Lifschitz. Considero que para que los funcionarios sean eficientes y no cometan errores que hasta se los podría calificar de incumplimiento de los deberes de funcionario público, deben ser idóneos para ocupar un cargo de determinadas características y no dejarse llevar por lo que les parece políticamente correcto, inclusive en contra de las normas que rigen y que han sido estudiadas y fundamentadas por profesionales en seguridad vial y no por inprovisados.

Daniel Bodo