Viernes 25 de Noviembre de 2011
El Código Urbano vigente establece para la avenida Colombres, zona de clubes de la costa, una limitación de seis metros de altura en las construcciones a realizar. Se procuró así que futuros edificios obstaculicen la vista al río desde la misma avenida o viviendas construidas sobre la barranca. En los clubes de costa hay construcciones preexistentes de mayor altura que obviamente no son alcanzadas por la normativa. Uno de esos clubes, el Rosario Rowing Club, con 125 años de historia en el lugar y con una importante trayectoria cultural-deportiva, creció generando instalaciones que fueron construidas con el esfuerzo de generaciones de asociados. Hoy se enfrenta con la imprescindible necesidad de incorporar un gimnasio cubierto para que niños y adolescentes socios del club y de las escuelas a las que el club generosamente les abre sus puertas, puedan practicar deportes a resguardo del frío y la lluvia. En la actualidad para practicar o competir debe alquilar espacios cubiertos, perdiendo los espejos de formación que genera la práctica en su lugar de origen. La limitación de la altura constructiva necesita de una excepción a la norma para que el club pueda encuadrarse a los requerimientos de la práctica de los deportes federados. En su momento la institución encaró las obras sobre terreno de su propiedad y con recursos propios, pero sin contar con un permiso previo y con una altura en su punto más alto de más de 11 metros (la cubierta tiene una fuerte pendiente). Esto originó la lógica intervención de los organismos municipales de control ante la queja de un vecino que se consideró afectado, pues la estructura ocultaba parcialmente su vista al río. La obra fue paralizada y al día de hoy se encuentra detenida y bajo el análisis de la Comisión de Planeamiento del Concejo Municipal. Esta comisión le solicitó a Rowing la alternativa de que desarrollara otro proyecto, a los efectos de disminuir la interferencia visual de ese vecino. Después de evaluar distintas opciones, se presentó una nueva propuesta con una disminución de algo más de dos metros reduciendo a nueve metros su altura máxima externa quedando por debajo de la altura de construcciones antiguas y preexistentes. Para el nuevo proyecto se tuvo en cuenta un nivel de piso de sólo 15 centímetros por encima del nivel de la máxima inundación y una altura interior de siete metros que es la mínima aceptada por las Federaciones Provinciales de Básquet y Vóley; sin esa altura no tendría sentido la construcción pues no se podrían hacer competencias deportivas federadas. Informada la parte objetora, ésta siguió presionando de distintas maneras a la Comisión de Planeamiento amenazando inclusive con juicio a la Municipalidad si la excepción se otorgaba porque "afectaba el valor de la propiedad de su cliente". Se ejerció y ejerce actualmente una fuerte campaña mediática donde no se mencionan hechos fundamentales que resumo así: a) técnicamente es imposible bajar aún más la altura de esa cubierta sin que deje de tener sentido deportivo; y b) con la nueva altura propuesta desaparece totalmente obstrucción visual alguna entre ese vecino y el río. El prestigioso abogado que lo representa ha tomado el caso en defensa de los vecinos afectados y de la comunidad, ante la "prepotencia constructiva" del club. Este nuevo proyecto desafecta el efecto visual de reclamo. En el planteo de su defensa olvida que la excepción solicitada no la pide un particular para un emprendimiento con fines de lucro o para un boliche o una guardería, la pide un club para una instalación social/deportiva. La propuesta de Rowing no afecta a la comunidad, por lo contrario, creo que es un aporte a la comunidad. Personalmente no tuve injerencia en el proyecto ni participo en comisión directiva pero traté de mediar ante vecino y profesional sin resultados. Ojalá prime el sentido común en opositores y concedentes del permiso para la obra.
Mario E. Schujman