Martes 04 de Agosto de 2009
Hoy a la mañana se iniciarán las audiencias públicas en el trámite de apelación de la sentencia
impuesta a Marta Agüero, la mujer que en el primer juicio oral y público del nuevo sistema penal
santafesino fue condenada a 4 años de prisión por matar a su pareja. En el fallo que será revisado,
el tribunal que la juzgó consideró que reaccionó de un modo desmedido a un ataque de su pareja, de
quien sufría malos tratos frecuentes, y también valoró las condiciones de exclusión social que
rodearon a esa muerte.
Agüero fue sentenciada el 5 de mayo pasado por un tribunal oral
integrado por los jueces Carina Lurati, Antonio Ramos y Julio García. La condenaron por la muerte
de su concubino, Jorge Antonio Rivero. Tras el veredicto, la fiscalía solicitó que se revoque el
fallo y se la condene a 12 años de prisión, mientras que la defensa planteó la absolución de la
mujer ya que, según su visión, no se aportaron pruebas suficientes para condenarla. Ahora, un
tribunal de la Cámara Penal —integrado por Ramón Ríos, Juvencio Mestres y Ernesto
Pangia— deberá pronunciarse sobre el caso.
Agüero vivía en condiciones de extrema pobreza y se ganaba la vida
cirujeando. El 2 de febrero del 2008 hundió el pico de una botella en el cuello de su pareja
durante una discusión en la casa que compartían en Gálvez al 4200. El fallo consideró acreditado
que Agüero hirió de muerte con intención a su pareja, en base al testimonio de peritos y el
secuestro del pico de botella con una huella digital de Agüero, la última en quedar impresa en el
vidrio.
No obstante, fue condenada por homicidio con “exceso en la
legítima defensa” a 4 años de prisión. A esa pena se le sumó una anterior de 6 meses que
tenía pendiente.
Los defensores oficiales Héctor Cecconi y Emilio Delaux cuestionaron el
fallo: plantearon en la apelación que subsisten dudas sobre la existencia de un homicidio y
sostuvieron la teoría de una “muerte accidental o la posibilidad de una legítima defensa sin
haberse acreditado el exceso”.
A su vez, las fiscales Cristina Rubiolo y Adriana Camporini señalaron
que no se probó que Rivero rompiera el pico de la botella para amenazar a la mujer en los instantes
previos al crimen. Para la fiscalía, la imputada recogió el pico de la botella cuando el hombre
tenía en sus brazos una bebé de cuatro meses y por lo tanto no podía defenderse. Por eso señalan
que no hubo defensa legítima sino un homicidio intencional.