Tres camaristas confirmaron la pena a 12 años de prisión impuesta el año pasado a un barrabrava de Rosario Central por el ataque a tiros contra Ezequiel Alarcón, de 19 años, quien murió en barrio Ludueña en diciembre de 2011. Tras el planteo de apelación, una testigo clave fue citada a reiterar su declaración y la mujer no sólo mantuvo sus dichos sino que denunció haber sido amenazada por familiares del acusado. Los jueces de segunda instancia, al ratificar el fallo, señalaron la “grosera impunidad” de la que gozaba el imputado durante los ocho meses que estuvo prófugo por la protección de la barra.
Fabián Andrés Córdoba es un hombre cercano al líder de la barra brava de Rosario Central, Andrés “Pillín” Bracamonte. En noviembre del año pasado el juez de Sentencia Edgardo Fertitta lo condenó a 12 años de cárcel por el ataque a balazos calibre 22 que sufrió Alarcón el sábado 10 de diciembre de 2011. Fue considerado autor de homicidio agravado por el uso de arma y portación ilegítima de arma civil.
Tiros y una mujer. Las circunstancias en las que murió Ezequiel, de 19 años, fueron relatadas a este diario días después del hecho por su padre, Héctor “Tito” Alarcón. “El sábado 10 mi hijo había salido con su moto a la calle, eran cerca de las 17.30. En eso veo desde mi ventana una moto que venía por calle Felipe Moré, va hasta San Lorenzo y vuelve por Matienzo. Me paro y voy para la calle a ver qué pasaba. Entonces escucho un montón de tiros, me asomo y estaba mi hijo tirado en la calle con dos balazos en la cabeza”, relató. “A estos pibes los conozco”, dijo, “son de la hinchada de Central, la familia Córdoba”. En la pesquisa estuvieron mencionados dos hijos de Córdoba luego desvinculados.
El origen del ataque, según se lee en el primer fallo, está en el enfrentamiento entre otro hombre de la barra de Central, Elvio “Cato” Molaro, y el mismo Córdoba. Sin embargo el detonante no habría sido la lucha por el paraavalanchas. Casi dos años antes la esposa de Cato había denunciado pública y judicialmente que Pillín Bracamonte había baleado a su hijo de 21 años. En ese momento Cato estaba detenido. Pillín y Córdoba eran íntimos y estaban enfrentados a Molaro.
Lo que detonó la tragedia fue una mujer que había sido novia de Córdoba, había tenido un affaire con Molaro y al momento del crimen de Ezequiel Alarcón era su pareja. Según se desprende del fallo, Córdoba juró venganza contra Molaro y cuando la muchacha se vinculó con Alarcón, el joven quedó en el blanco de su furia. El sábado 10 de diciembre de 2011, alrededor de las 17.30, Alarcón salió de su casa ubicada en Urquiza al 5300 con su moto roja. En eso estaba cuando una moto con dos hombres armados le salió al cruce. Para la acusación, quien conducía era uno de los hijos de Córdoba y él iba como acompañante. Los dos portaban pistolas. Un testigo indicó que otro hijo de Córdoba, apodado “Tacuara” y condenado a 7 años y 6 meses de cárcel por el crimen de Beatriz Heredia, estaba en la escena a pie y armado.
La condena valoró testimonios de familiares y vecinos allegados a Alarcón que mencionaron a Córdoba como el tirador. El hombre apeló. Su defensa objetó esos testimonios y negó que haya estado ocho meses prófugo porque en ese lapso “no se retiró de sus lugares habituales”.
Testigos sólidos. Los jueces Daniel Acosta, Georgina Depetris y Carlos Carbone evaluaron ahora que los testigos fueron sólidos. Sobre todo una mujer que vio a los Córdoba en moto, dijo que “Fabián era el acompañante y quien llevaba un arma en su mano” y agregó que luego de escuchar los disparos y correr hacia la esquina vio a “Ezequiel tirado en el suelo y Fabián guardando el arma en la cintura”.
La mujer volvió a sostener sus dichos en la audiencia de apelación, a la que fue citada. Los jueces plantearon como “llamativo” que el imputado guardara expectativas de un cambio de declaración ya que la mujer no sólo la corroboró sino que denunció haber recibido amenazas para retractarse. “Contrario a ello, se mantuvo incólume en su relato y ubicando al imputado en el lugar de los hechos conforme se había expedido sin contradicciones a lo largo de todo lo actuado”.
En cuanto los testigos traídos por la defensa, quienes dijeron que en ese momento el acusado estaba en el Caribe Canalla, consideraron que “pertenecen al mismo colectivo del justiciable. Con tal pertenencia no se pretende estigmatizar al hincha de fútbol pero es dable advertir la grosera impunidad que gozaba Córdoba, que determinara que no pudiera ser detenido”. Los jueces remarcaron que “curiosamente tal detención fue al arribar un colectivo de hinchas que se aprestaban a viajar para presenciar el partido de su club. Ello ciertamente denota que Córdoba allí se consideraba seguro; seguridad que podría extenderse a sus amigos convocados a declarar”.