Ratifican parcialmente condena por un crimen cometido en 2011
La Cámara aprobó una sentencia contra un sobrino del fallecido ex jefe de la barra de Newell's Old Boys "Pimpi" Caminos. Pero el fallo deberá ser revisado por omitir un agravante.

Lunes 11 de Agosto de 2014

La Cámara Penal de Rosario ratificó parcialmente la condena a 12 años de prisión contra un sobrino del fallecido ex jefe de la barra de Newell's Old Boys "Pimpi" Caminos por el crimen Maximiliano Nota ocurrido en 2011. Pero la audiencia en la que se ventiló la resolución dejó en evidencia que durante el juicio no se tuvo en cuenta el agravante del uso de un arma de fuego en el crimen, lo cual junto con el pedido de la querella del elevar la pena a 21 años, será motivo de revisión de la causa.

Nota tenía 19 años cuando fue ultimado el 5 de agosto de 2011 en la plazoleta Rodolfo Walsh, en Isola y el pasaje 412, cerca del Fonavi de Grandoli y Gutiérrez. Por el hecho fue acusado Gustavo Ezequiel "Tatú" Caminos, de 22 años, acusado de conducir la moto Yamaha Crypton Azul en la que iba con su primo hermano de 15 (hijo del Pimpi), autor material de los disparos.

Mientras que el menor, inimputable por su edad, fue puesto bajo resguardo de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia de la provincia, a Tatú lo procesaron como coautor de "homicidio agravado por la participación de un menor".

En enero de este año el juez de Sentencia Julio Kesuani lo condenó a 12 años de prisión con accesorias legales y costas. La defensa apeló y solicitó la absolución, mientras que la querella y la fiscalía coincidieron pedir el agravamiento de la pena a 21 años de prisión "uno por cada año de vida de la víctima". Pero además, apuntaron que en la condena no se tuvo en cuenta la calificación del agravante de la utilización del arma de fuego, dato clave para sostener la calificación del delito achacado.

Participación. Días atrás la sala pluripersonal de la Cámara Penal integrada por los jueces Alfredo Ivaldi Artacho, Otto Crippa García y Guillermo Llaudet Maza se expidió sobre el asunto. Tras rechazar los agravios defensistas, "entendiendo que el juez de primera instancia arribó a un acertado fallo al certificar en forma adecuada la participación del acusado en el hecho".

No obstante, recalcan que la sentencia "no refiere razón por la cual no cumple con la previsión legal en cuestión (el agravante del uso de arma de fuego), aunque la base fáctica se encuentra intimada y sostenida a lo largo del proceso". Y a renglón seguido refieren que esa inobservancia "devino por una omisión involuntaria", por lo cual admiten la observación de la querella y revocaron esta porción del fallo.

Aunque en líneas generales coincidió con sus colegas, Llaudet Maza discrepó respecto de cuestiones técnicas muy sensibles que modificaron la calificación del delito y en consecuencia el proceso. Así, directamente se expidió por la anulación del fallo.

Lo concreto es que para los otros dos camaristas la calificación definitiva que correspondería aplicar es la de "homicidio agravado por el empleo violento de un arma de fuego y por la participación de un menor de edad".

"Este Tribunal está impedido de aplicar el agravante omitido en primera instancia, así como en fijar la pena total. Lo que sí confirma es la culpabilidad de Caminos como partícipe primario en el homicidio agravado por la intervención de un menor", dice la resolución.

Por ello, resolvieron reenviar el expediente a baja instancia "para que se vuelva a investigar la valoración del agravante del empleo violento del arma de fuego y se aplique otra sentencia". De este modo, el trámite vuelve al juez Salvador.