Jueves 13 de Junio de 2013
Para el derecho argentino la existencia de la persona comienza desde su concepción en el seno materno. Desde que nació mi hija, que hoy tiene cuatro años, la anoté en el Registro Civil de la ciudad de Rosario como madre soltera, con mi apellido y su DNI figura como tal. Cuando fui a pedir su partida de nacimiento me encuentro con la sorpresa de que fue reconocida por su padre en la ciudad de Capitán Bermúdez, casi nueve meses después de su nacimiento. ¿Dónde está la igualdad de género? ¿Por qué no se respetó mi voluntad? En ningún momento se me notificó de dicha acción. ¿No es vulnerar el derecho de la mujer?, y es lamentable el accionar del Registro Civil que autorice un reconocimiento sin el consentimiento de la madre. Ojalá se cambie la ley en este sentido y que se respete cuando una mujer soltera da el apellido a su hijo, ya que lo gestó en su seno. Debería en estos casos otorgarse la patria potestad a la madre, ya que en un principio le dio su apellido y debería respetarse dicha decisión.
Alicia Acosta
DNI 20.854.067