Domingo 07 de Febrero de 2010
El derecho no es otra cosa que el sentido común traducido en normas. Normas de convivencia. Derechos limitados para hacerla posible. En ese orden hay reglas que regulan la edificación. Disposiciones que obviamente no hacen del derecho de propiedad un derecho absoluto. En el anillo histórico (río Paraná, bulevar Oroño , avenida Pellegrini), hay una clara sobresaturación de edificios en altura Bienvenidas las normas tendientes a amenguar su efecto negativo sobre un desarrollo armónico. Sin embargo pareciese que hay sectores empresariales y también leguleyos que no lo entienden. No entienden que servicios elementales como el de agua y cloacas fueron construidos hace 100 años para una ciudad de cien mil habitantes. Forzar a que la ciudad siga construyendo en esa área es atentar contra la posibilidad de una ciudad vivible. Poner límites no es avanzar sobre legítimos títulos de propiedad sino actuar con grandeza, racionalidad y sapiencia. Además, es absurdo hablar de que las normas para ser válidas deben ser sancionadas por "consenso" y "unanimidad". Los pretendidos consensos corporativos son ajenos al sistema republicano, representativo y federal que rige en Argentina. Las leyes u ordenanzas para ser válidas no necesitan del voto aprobatorio de la totalidad de los componentes de un cuerpo legislativo. Pareciera que premisas tan universales no entran en la cabeza de empresarios solo preocupados en sus márgenes de ganancias o en la de sus asesores jurídicos.
Elbio Martinez
elbiorosario@gmail.com