Viernes 19 de Noviembre de 2010
A los señores diputados provinciales de Santa Fe, nos dirigimos a ustedes a fin de manifestar nuestro desacuerdo con ciertos contenidos publicados en el blog de la diputada Alicia Gutiérrez (http://aliciagutierrezdiputada.blogspot.com/) y solicitar que se tomen las medidas correspondientes y se investigue ya que en el mismo podría realizarse apología del delito. En el lateral derecho de dicho blog figura una imagen que tiene el siguiente texto: "Aborto seguro con pastillas. Tu decisión, informarte es tu derecho. (011) 1566647070. Más información, menos riesgos. Devolvemos las llamadas. Todos los días". El Código de Derecho Civil argentino reconoce: "artículo 63. Son personas por nacer las que no habiendo nacido están concebidas en el seno materno". Mientras que el articulado del Código de Derecho Penal argentino dice: "Artículo 213. Será reprimido con prisión de un mes a un año, el que hiciere públicamente y por cualquier medio la apología de un delito o de un condenado por delito". "Artículo 85. El que causare un aborto será reprimido: 1º. con reclusión o prisión de tres a diez años, si obrare sin consentimiento de la mujer. Esta pena podrá elevarse hasta quince años, si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer; 2º. con reclusión o prisión de uno a cuatro años, si obrare con consentimiento de la mujer. El máximum de la pena se elevará a seis años, si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer." "Artículo 88. Será reprimida con prisión de uno a cuatro años, la mujer que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare…" Amparado en la Ley 26.061 (niñez y adolescencia) que dice: "Art. 31. Deber del funcionario de recepcionar denuncias. El agente público que sea requerido para recibir una denuncia de vulneración de derechos de los sujetos protegidos por esta ley, ya sea por la misma niña, niño o adolescente, o por cualquier otra persona, se encuentra obligado a recibir y tramitar tal denuncia en forma gratuita, a fin de garantizar el respeto, la prevención y la reparación del daño sufrido, bajo apercibimiento de considerarlo incurso en la figura de grave incumplimiento de los deberes del funcionario público." Es que vengo a solicitar que la diputada Gutiérrez retire la mencionada publicidad de su blog y que las autoridades de la Cámara de Diputados de la provincia de Santa Fe inicien la investigación y acciones correspondientes por la presunta violación del Art. 213 del Código de Derecho Civil por parte de la mencionada diputada.
DNI 22.087.236
DNI 21.905.029