La Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) pidió profundizar la investigación penal por la cual dos policías fueron sobreseídos del homicidio calificado de un chico de 18 años que le había robado la moto a uno de ellos. Se trata de un fallo que fue apelado —la querella plantea que el caso fue de gatillo fácil, con una ejecución por la espalda y con la víctima en el piso— y hoy será revisado en una audiencia por la Cámara Penal.
El pronunciamiento de APDH se formalizó días atrás en la Oficina de Gestión de 2ª Instancia Penal luego de conocerse la resolución de la jueza de Instrucción Alejandra Rodenas, que ordenó el sobreseimiento de agente Omar Dal Lago y de su padre, Omar Guillermo Dal Lago, en ese momento jefe de la Brigada de Orden Urbano de Rosario. En este marco la Asamblea solicita que se agote la pesquisa de un caso que puede enmarcarse en “violencia institucional ejercida por un organismo del Estado”, en este caso de funcionarios policiales.
Tiros. Los Dal Lago estaban acusados por un hecho ocurrido el 7 de enero de 2014. Según la reconstrucción sumaria, el hijo fue víctima del robo de su moto cuando regresaba a su casa de Granadero Baigorria junto a un hijo pequeño. El agente le comunicó lo ocurrido a su padre y ambos salieron en un auto particular a buscar a los presuntos ladrones y, luego de encontrarlos en la zona, mataron de dos disparos a uno de ellos, Michael Ramón Campero (ver aparte).
En diciembre de 2014 Rodenas ordenó el sobreseimiento de ambos. Sustentó su decisión al considerar que quedó probado que hubo un enfrentamiento y que los efectivos no tuvieron voluntad homicida sino que respondieron a una agresión previa. Y que, al dispararle al ladrón en una pierna, quedó claro que no buscaban quitarle la vida.
Por su parte, la fiscal Nora Marull y la querella —encabezada por el Centro de Asistencia Judicial (CAJ) en representación de la familia de la víctima— apelaron la resolución por encontrarla a arbitraria e injustificada. Desde el CAJ sostienen que la coartada del enfrentamiento sirve para justificar “una ejecución por la espalda” dado que el alegado tiroteo “no aparece sustentado” en la causa.
Ilegítimo. El CAJ sostiene que a Campero, que portaba una replica de arma y no una auténtica, lo ejecutaron por la espalda y en el piso. Y entiende que la persecución fue una acto “ilegítimo” ya que los policías fueron tras los autores del robo de la moto en su auto particular, lo que excede el marco de la defensa aceptable.
“La autopsia deja claro que los dos disparos que recibió Campero fueron por la espalda mientras huía, lo que nada avala la tesis del enfrentamiento. Entendemos que salieron a matarlo”, dijo en su momento Valentín Hereñú, abogado del CAJ.
En virtud de esa controversia, la APDH decidió acompañar el reclamo para que se agote una investigación profunda que contemple todas las hipótesis del hecho. En tal sentido, días atrás estuvieron en Tribunales la referente nacional de la asamblea, Norma Ríos, la presidenta local, Florencia Delnegro, y un cuerpo de abogados que formalizaron la presentación ante la Cámara Penal, que hoy revisará la resolución de Rodenas.
Motivos. “Los hechos que motivan nuestra intervención son la muerte del joven Campero en el contexto de una «persecución policial» protagonizada por los funcionarios policiales y la resolución judicial adoptada por Rodenas, que en el ejercicio de su obligación de investigar los hechos y determinar la responsabilidad que les cabe a los agentes los sobreseyó bajo la causal de justificación de legítima defensa, imponiéndose así la necesidad de analizar la responsabilidad del Estado”, dice un tramo del documento elaborado por la Asamblea.
“Entendemos —continúa el texto— que yerra la magistrada al desistir livianamente y sin más en el análisis de los hechos que tienen como resultado la muerte de un joven. Actitud que bien podría ser calificada como negligente por organismos internacionales y a la luz de la legislación sobre derechos humanos, y en consecuencia comprometer la responsabilidad internacional del Estado Argentino”.
Irregularidad manifiesta. En ese sentido la presentación de la APDH remarca que “la investigación presenta al menos una irregularidad manifiesta y de consecuencias tan graves que no puede omitirse, como la lisa y llana aceptación por parte de la magistrada de las palabras de los propios encartados”, a los que adjudica una “insospechada relevancia” ante “la ausencia de adecuados elementos probatorios”.
De esa manera —prosigue el texto del organismo— se descartan “elementos fundamentales de toda investigación, desde las circunstancias de tiempo, espacio, cantidad de personas involucradas, hasta los dichos de los testigos, el contexto, la función ejercida por los imputados. A ello debe sumarse la omisión de la procura de nuevos elementos probatorios”.
El documento de la Asamblea sostiene en ese marco que la investigación “debe agotar todos los medios para llegar a la verdad. Como organismo de defensa, promoción y protección de los derechos humanos nos vemos preocupados y nos involucramos ante situaciones en la cual se encuentran sospechadas las fuerzas policiales en su accionar, por eso nuestra intervención y acompañamiento urgente”.
“Este caso —concluye el texto— muestra la realidad que viven muchas personas de bajos recursos que en esa condición se encuentran más vulnerables al accionar de las instituciones y de ciertas autoridades”.