Pena atenuada tras matar al esposo
La Cámara Penal revocó la sentencia a prisión perpetua a la que había sido condenada Patricia Gabriela Wagener, por el homicidio de su marido ocurrido en 2008 en Villa Gobernador Gálvez y redujo la pena a doce años de cárcel.

Martes 06 de Diciembre de 2011

La Cámara Penal revocó la sentencia a prisión perpetua a la que había sido condenada Patricia Gabriela Wagener, por el homicidio de su marido ocurrido en 2008 en Villa Gobernador Gálvez y redujo la pena a doce años de cárcel. Para moderar la pena el tribunal valoró los trastornos psicóticos de la mujer de 53 años.

La Sala IV de la Cámara Penal -integrada por Daniel Acosta, Atilio Pangia y Ramón Ríos- modificó el fallo del juez de Sentencia Nº5 Gustavo Salvador. El 13 de mayo pasado, el magistrado había condenado a prisión perpetua a Wagener por el homicidio de su marido, Carlos Ernesto Rosolio, un vendedor ambulante de 46 años, encontrado herido en su cama por elementos punzantes y una pequeña hacha. A partir del relato de la mujer, el caso fue presentado como la irrupción de dos encapuchados que, el 18 de julio del 2008, atacaron a Rosolio mientras dormía en una casa en Intendente Abreu 1940, de Villa Gobernador Gálvez.

La sentencia del juez Salvador fue apelada por Luisa Cañavate, la abogada de Wagener. Sostuvo que la condena se basó sólo en indicios. "El juez consideró que la principal prueba contra mi clienta fueron sus propias versiones contradictorias, que fueron incorporadas al expediente luego de ser interrogada por la policía en abierta violación a derechos constitucionales", afirmó Cañavate.

La letrada expresó que la mujer relató el suceso en medio de un estado de shock y estrés, lo que fue corroborado por la psicóloga Elva Schweizer. Cañavate también cuestionó a la psicóloga Carlstein Nilson que determinó que la mujer sufría un trastorno psicótico con ideas sobrevaloradas de tipo persecutorio. "El informe se realizó cuando (por la clienta) llevaba un año y siete meses detenida en la alcaidía de Mujeres y en ese lapso no había protagonizado situaciones violentas con las otras internas", sostuvo. Además, la abogada planteó que la acusada no tuvo la intención de matar a su esposo y se basó en los números llamados que realizó al teléfono 107 del Sies.

Rosolio murió 18 días después del ataque en el Hospital Centenario. Según la defensora, el hombre falleció a raíz de una infección pulmonar contraída en el centro asistencial y no como consecuencia de las heridas que había sufrido.

A su vez, la fiscal de Cámaras María Eugenia Irribarren sostuvo que la condena debía confirmarse y alegó que el indicio fundamental que prueba la autoría del crimen son las "enormes" contradicciones que se desprenden de los dichos de la imputada. Tuvo en cuenta que el hombre fue atacado mientras dormía y descartó un forcejeo.

 

El voto. El juez Acosta sostuvo en primer término que la principal prueba para condenar a Wagener no fueron los dichos de la víctima y coincidió con la defensa en que las afirmaciones de la mujer condenada en sede policial violaron la prohibición constitucional de declarar contra sí misma.

Sin embargo, consideró otros datos aportados por la policía que no transgedieron la norma constitucional. El policía Roberto Quiroga indicó que cuando llegaron los uniformados a la casa de los Rosolio, el hombre se incorporó súbitamente.

"Se sentó en la cama y preguntó «qué me hicieron, qué pasó». Para Acosta esto explicaría que el hombre estaba dormido cuando fue atacado. No obstante, Wagener contó que, tras la aparición de los intrusos, el marido nunca llegó a levantarse y ella fue empujada al suelo en medio de un forcejeo. Para el magistrado quedó desvirtuada esta posibilidad.

Trastorno

“La imputada tiene un trastorno psicótico, que se traduce en pérdida de contacto con la realidad, un juicio crítico de mínima jerarquía, falta de conciencia sobre su enfermedad y un gran monto de agresividad e impulsividad con tendencia a la actuación, fue el dictamen de los psicólogos del hospital Agudo Avila.