Una adolescente de San Lorenzo de 16 años dejará de llevar el apellido de su padre biológico, quien la abandonó cuando tenía apenas unos pocos meses de vida. A partir del fallo del juez de Familia Marcelo Scola, la menor será hija plena ante la ley del que desde hace 14 años es "su verdadero padre", es decir, la pareja de su madre.
La novedad del caso —que tiene sólo un antecedente similar en el Tribunal de Familia de Rosario— es que en vez de otorgarse la adopción común, al "nuevo padre" se le otorgó la adopción pena. Eso, a partir de que el juez Scola declarara "inconstitucional el artículo 313 última parte del Código Civil y la inconstitucionalidad del artículo 323 del mismo Código, permitiendo de esa forma que una niña utilice el apellido de su padre del corazón o padre de crianza, suprimiéndose el vínculo biológico con el padre progenitor ausente", dijo el magistrado y lo publicó el diario digital SL24. Además, el fallo ordena la inmovilización de la partida de nacimiento, suprimiendo la anterior y labrando una nueva.
"La adopción simple no rompe vínculo con el padre biológico, pero la plena, al declarar esa inconstitucionalidad, suprime a ese padre de manera definitiva", explicó Scola.
En la nueva partida de nacimiento de la niña dejará de existir de su padre biológico, dándole paso a una nueva vida en la que la adolescente usará primero su nuevo apellido paterno y segundo el materno. "Lo que hice fue escuchar a la niña y a su familia", dijo el juez sanlorencino.
En cuanto a la posibilidad de heredar bienes de ese padre ausente, la niña pierde ese derecho con este tipo de fallos. "Pierde el derecho de herencia; pero lo que importa en realidad es el mejor interés del menor. Qué puede aportarle a partir de algún objeto material a esa niña un hombre que la abandonó y nunca estuvo presente en su vida", dijo el juez para cerrar.
Un antecedente rosarino. El caso reconoce un antecedente en Rosario que data del año pasado. Tal cual lo publicó La Capital el 27 de junio de 2013, un hombre que asumió la paternidad de una beba que su mujer gestó con otra pareja logró la adopción plena de la niña después de que un juez de Familia de Rosario declarara la inconstitucionalidad de dos artículos del Código Civil que limitan esa posibilidad.
En aquella historia, David G. conoció a Jimena en enero de 2002, cuando iniciaron un noviazgo que se extendió hasta 2008. El joven dejó el país, pero a principios de 2009 se reencontraron. La muchacha comprobó que estaba embarazada, pero no de David, sino de una relación anterior. Sin embargo, se casaron y David educó a la criatura como propia. La madre le avisó al supuesto padre biológico, pero después de una serie de análisis de rigor se determinó que no era el progenitor.
Tras un largo proceso, el juez de familia Ricardo Dutto otorgó la adopción plena a David.