Miércoles 08 de Abril de 2009
La actual legislación de drogas parte de una paradoja que la hace incomprensible: si con la ley se penaliza a un adicto o un consumidor se está validando la intervención del Estado a través de un instrumento como la pena en el ámbito de la salud.
Esto genera reparos de legitimidad, porque la ley de drogas lesiona principios constitucionales, en especial los del artículo 19. Pero hay objeciones desde el punto de vista de la eficacia: si el problema de la adicción o del consumo tiene que ver con la legislación penal, después de tantos años de vigencia de una ley que fue endurecida a lo largo del tiempo el problema del consumo debería estar resuelto. Sin embargo la penalización ha demostrado un fracaso rotundo. Debe haber pocos casos tan visibles, tan groseros, que pongan en evidencia el fracaso de la intervención penal del Estado en un problema social y de salud grave como es el de consumo de droga. Ese fracaso está demostrado empíricamente.
Esto no significa que no deba existir una intervención punitiva en el tráfico y el comercio de drogas. Pero en materia de adicciones hay que señalar claramente que la penalización es no sólo inconstitucional sino también ineficaz. En cuestiones de consumo, por ejemplo, la ley de drogas tiene aspectos tragicómicos: contempla la posibilidad de aplicar una medida curativa, pero si eso fracasa exige aplicar una pena. Con ese criterio habría que castigar también al alcohólico. Con la penalización sólo se agrava el problema: le impide al adicto acercarse a la salud pública porque tiene miedo de ser castigado.
(*) Ministro Corte Suprema
de Santa Fe