Jueves 09 de Septiembre de 2010
La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) decidió fijar desde hoy
mismo el plazo de un año para desinvertir que establece el suspendido artículo 161 de la ley de
medios y resolvió, sin atender el fallo de una Cámara que lo prohíbe, reordenar desde el 1º de
octubre la grilla de canales de cable, por lo cual TN pasará a ser el número 3, mientras que en el
número 8 deberá incorporarse obligatoriamente CN23, el canal de noticias del empresario Sergio
Szpolski.
Por lo tanto, desde hoy se comenzará a contar el plazo de un año para
que los empresarios se desprendan de aquellos medios que excedan los límites contemplados por la
ley de servicios de comunicación Audiovisual, sancionada el año pasado a instancias del
oficialismo.
Sin embargo, el artículo 161 que involucra la resolución está suspendido
por fallos de diferentes instancias por presentaciones de Codelco (Salta), el Grupo Uno (San Juan)
y el Grupo Clarín, éste con un fallo favorable de “no innovar” de la Cámara Civil y
Comercial Federal, que aguarda ahora el pronunciamiento de la Corte Suprema. En cuanto al
ordenamiento regulado de la grilla, esta posibilidad ya fue declarada inconstitucional hace un par
de años, a partir de una medida similar del Comfer, por violar derechos como el de la libertad de
programación, por un fallo de la Cámara Federal de Mar del Plata que, además, prohibió que se
dicten nuevas resoluciones en este sentido.
. En el marco de la puesta en marcha de la ley de medios, se publicó la
resolución 296/2010, que establece las pautas para el ordenamiento de las grillas, a partir del 1º
de octubre próximo. Así, los titulares de los servicios audiovisuales por suscripción de televisión
por recepción fija deberán ordenar las señales en forma tal que todas aquellas que correspondan al
mismo rubro se encuentren ubicadas en forma correlativa.
Según la disposición, canal 2 será para un canal de generación propia
local (tanto para Cablehogar como para Cablevisión), el 3 para TN, el 4 para América 24, el 5 para
C5N, el 6 para Crónica TV, el 7 para Canal 26, el 8 para CN23, el 9 para América, el 10 para Telefé
(Canal 5 en Rosario), el 11 para la Televisión Pública, el 12 para El Trece (Canal 3 en Rosario),
el 13 para el 9 y el 14 para Encuentro.
En tanto, a partir del canal 15 en adelante deberán posicionarse las
señales deportivas, luego las infantiles (comenzando con Paka-Paka), a continuación las
periodísticas internacionales (comenzando con Telesur) y las restantes agrupadas por género.
Entre los considerandos de la medida, se indica que la modificación de
la grilla busca “garantizar que las señales más relevantes en términos informativos,
formativos y locales tengan acceso equitativo a todas las plataformas de distribución de
contenidos”.
En cuanto al canal de generación propia, la resolución destaca que
tienen una “fuerte inserción social en cada comunidad en la que se desarrollan, y que tienen
en la grilla de programación de su servicio, una ubicación asignada de larga data”. Señala
que “a fin de garantizar la pluralidad de opiniones y el derecho a la libre expresión,
resulta necesario incorporar a continuación del canal de generación propia, las señales de noticias
que reflejen el acontecer diario”.
La resolución también ordena la grilla para los servicios por
suscripción de televisión por recepción fija, cuyos cabezales se encuentren fuera del área
cobertura de los de televisión abierta, y para los licenciatarios de servicios por suscripción
satelital. Para el caso de los servicios fuera del área de cobertura de los de la TV abierta, el
ordenamiento es el mismo hasta el canal 8 y a partir del 9 en adelante se ubicarán las señales
correspondientes a los servicios de TV abierta o sus repetidoras”.
En tanto, los servicios de televisión directa al hogar deberán
incorporar, en primer término, el canal de generación propia, luego las señales del Estado, las
señales de noticias nacionales, las abiertas generadas por las provincias y las universidades
nacionales y, por último, las de TV abierta o sus repetidoras.
Sólo en quioscos
La presidenta Cristina Fernández reglamentó el decreto por el cual se regula la distribución de diarios, revistas y afines, un derecho reclamado por los canillitas. Se garantiza la exclusividad de venta en kioscos, estabilidad del derecho a la parada, devolución de ejemplares no vendidos y discutir con distribuidores otros aspectos del rubro.