Niegan la prisión domiciliaria a una joven que mató a un taxista y está embarazada
A ocho meses de recibir la pena definitiva por el crimen del taxista Jorge Poremba, la mujer condenada a 12 años y medio de prisión por el caso se convirtió en protagonista de un complejo debate al solicitar la detención domiciliaria...

Lunes 31 de Enero de 2011

A ocho meses de recibir la pena definitiva por el crimen del taxista Jorge Poremba, la mujer condenada a 12 años y medio de prisión por el caso se convirtió en protagonista de un complejo debate al solicitar la detención domiciliaria porque cursa un embarazo de seis meses. El pedido fue rechazado en un fallo dividido de la Cámara Penal rosarina. Por un lado, una jueza votó en minoría a favor de concederle el beneficio, al estar en juego el derecho del niño a crecer fuera de la cárcel. Por otro, dos magistrados se negaron por las precarias y vulnerables condiciones del único lugar que Lucía Herrera consiguió para alojarse con su bebé.

El rechazo a la prisión domiciliaria de Lucía Herrera fue decidido por dos jueces que integraron la Sala Penal activa durante la feria judicial de enero. El camarista penal Otto Crippa García, seguido por su par del fuero civil Gerardo Muñoz, coincidieron en no hacerle lugar al planteo. Así, revocaron la resolución que había adoptado en primera instancia la jueza de Ejecución Penal Luciana Prunotto, quien sí había accedido a la solicitud la mujer detenida.

En disidencia votó la camarista penal Carina Lurati, quien consideró que ese tipo de pedido por parte de una interna que espera un hijo sólo puede negarse en caso de que sea perjudicial para el niño. Ninguna razón que no tenga que ver con el interés del menor, adujo, es válida para oponerse a la detención domiciliaria en un caso como éste. (ver aparte).

El debate no saldado expuso las aristas complejas que signan al caso. Aunque los dos razonamientos llegan a distintas decisiones, en ambos aparecen argumentos atendibles. La discusión está atravesada por distintas líneas: los derechos del niño, los de una mujer detenida a concebir, las disímiles oportunidades de acceso a una vivienda digna y a atención médica, la finalidad de la pena y la conmoción social ante el crimen violento de un taxista. Sin duda, la discusión estuvo condicionada por la situación de pobreza en la que vivía la mujer y a la que volvería en caso de obtener el arresto domiciliario.

Lucía Herrera tiene 26 años. El 24 de julio de 2009 fue condenada en un juicio oral por el homicidio en ocasión de robo de Jorge Poremba, el taxista de 65 años que fue baleado en el cuello en Puente Gallego durante un robo en el que sólo le quitaron 40 pesos.

Eso ocurrió el 4 de enero de 2006. Cerca de las 21 de aquel día, dos chicas le hicieron señas a Poremba frente a la Jefatura de policía y pidieron ser llevadas al Camino Nuevo a Soldini. Al llegar al barrio que está a la altura de Ovidio Lagos al 8000, al sur de Circunvalación, una de ellas le apoyó un revólver en la espalda y le exigió dinero. El taxista entregó 40 pesos, pero recibió un tiro calibre 38 que le ingresó por el omóplato izquierdo, le atravesó el abdomen y quedó alojado en la ingle.

Las chicas se fueron corriendo. El chofer pudo manejar de regreso a su casa y comentó lo ocurrido. Fue internado y falleció días después. A partir de comentarios de taxistas, de vecinos de Puente Gallego y de una declaración policial del propio padre de Herrera, las sospechas recayeron sobre Lucía.

En un primer fallo fue condenada a 18 años. Pero luego la Corte Suprema revisó el caso y planteó que no estaba justificado el monto de la pena. Sobre todo cuando, para la interpretación mayoritaria de máximo tribunal, existe la posibilidad de que el disparo haya sido accidental. Bajo esa directiva, en mayo del año pasado la Sala II de la Cámara Penal redujo la pena a 12 años y 6 meses.

El planteo. Herrera está alojada en Unidad 5 de mujeres de la ciudad de Santa Fe. A través de una nota, a mediados de noviembre requirió su detención domiciliaria en función del embarazo de cuatro meses que cursaba entonces. Primero la jueza Prunotto le dijo que sí. Pero la fiscal de Cámaras María Eugenia Iribarren se opuso y apeló ante la Cámara Penal.

Puestos a revisar un planteo que perciben como sensible a la opinión pública, los jueces dedicaron diez páginas a profundizar el debate. La opinión que se impuso fue la de Crippa y Muñoz. Uno de los ejes de su argumentación fue con relación al cumplimiento de la pena.

La pena, en relieve. Eso es lo que abordaron en primer lugar. Recordaron que Herrera fue declarada culpable de un homicidio en el que la víctima fue “dejada morir por escasa cantidad de dinero”. Advirtieron que la sanción tiene “esencial relevancia” para que la imputada “adquiera la capacidad de comprender y respetar la ley” mediante un tratamiento que permita su reinserción social. Programas educativos y de formación laboral previstos por el sistema penitenciario, dijeron, apuntalarían este objetivo.

En esta línea, remarcaron que Herrera “lleva sólo poco más de cuatro años de pena cumplida” y con el tratamiento aún en pleno desarrollo. “Devolverla a la vida particular sin la finalidad cumplida de la pena puede provocar una falta de recuperación y avalar una sensación de impunidad”, evaluaron. La joven, recordaron, tiene mala conducta y recibió sanciones y traslados por no aceptar normas carcelarias. Y remarcaron que es posible, pero no obligatorio, conceder el arresto domiciliario.

Para los jueces fue sugestivo el planteo porque, una semana antes, Lucía había expresado su conformidad con el arresto en la Unidad 5 y su deseo de permanecer allí, donde estaba “tranquila, con tareas en el Instituto Autárquico de Industrias Penitenciarias y en el pabellón de las madres”.

El lugar. Otro fuerte argumento esgrimido para negar el pedido tiene que ver con el lugar propuesto por Herrera para permanecer detenida con su futuro bebé. Es un espacio precario y muy humilde: la casa de una cuñada que es empleada doméstica y vive allí, sola, a cargo de sus tres hijos. Se trata de una vivienda de una sola habitación, de chapa y madera. A ese lugar se sumarían Lucía y su hijo. “¿Quién y cómo cubriría económicamente a la condenada y a su criatura? ¿Es posible que pueda tener allí atención médica y condiciones mínimamente dignas?, se preguntaron los jueces. Plantearon que allí el niño viviría en un rancho inevitablemente expuesto al calor y al frío. Como tantos otros chicos que crecen en los bordes.

“Dar así la prisión domiciliaria, fundado en la protección de la niñez, sería condenar al menor a la carencia, atentar contra su salud y su dignidad”, dice el texto judicial. Para los magistrados, las condiciones de salud e higiene en este caso están más garantizadas en la cárcel que fuera de ella. No está resuelto, y quizás sea esa la gran pregunta, cómo podría Lucía Herrera, presa y embarazada, salir por sus propios medios de la situación de pobreza en que nació y que es preexistente al delito por el que su nombre saltó a la esfera pública.

El debate no está cerrado y los mismos jueces dejaron la puerta abierta a un nuevo enfoque: resolvieron que Lucía cursará su embarazo en prisión, pero que esto no invalida “posteriores pedidos que puedan surgir, aún antes del parto”.