Miércoles 09 de Noviembre de 2011
Una ordenanza de transporte prohibe que suban los perros lazarillos, pero otra los autoriza. Mientras una ordenanza prohibe el acceso de cualquier animal a las unidades del transporte público (5.397), otra prevé una excepción para el caso de los perros guías y lazarillos (11.006 de junio 2006 artículo 38). En el año 2009, Noelia Torres y su perra guía Capri (la única que hay en Córdoba traída desde EEUU) tuvieron dificultades para utilizar la línea R6, de la Tamse. Ahora fue el caso de Maximiliano Marc y su lazarillo Bandi en un transporte de la Semtur. Todavía hay ignorancia y prejuicios. Para una persona no vidente, su perro es una extensión de su cuerpo. El perro es lo que muchos llaman "los ojos del ciego", es parte de los no videntes, que les da la libertad que solos no tendrían. Mito: hay personas que creen que el perro guía o lazarillo de una persona no vidente es un animal como cualquier otro, considerando que pueden morder o hacer sus necesidades fisiológicas en cualquier parte, ignorando que son perros criados y entrenados para satisfacer únicamente a su amo, incluso, por encima de sus propias necesidades. Ante esta "colisión de normas", con un criterio de lógica y de sensibilidad, regiría la ordenanza más nueva, para cumplir con la Ley 7.600 de "Igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad", permitiéndoles acceder a cualquier lugar. A tal fin, y para poner en conocimiento de usuarios y choferes, deberían los transportes y otras instalaciones (bares, etc) tener una oblea que identifique claramente que no se permiten el traslado o permanencia de animales, con la excepción de lazarillos, para evitar que se reiteren episodios similares a los tristemente acontecidos.
Silvia Buonamico