A partir del año 2004 cinco fallos de la Corte Suprema de Justicia declararon la inconstitucionalidad de artículos puntuales de la ley 24.557 de Riesgos del Trabajo (LRT).
A partir del año 2004 cinco fallos de la Corte Suprema de Justicia declararon la inconstitucionalidad de artículos puntuales de la ley 24.557 de Riesgos del Trabajo (LRT).
El 7 de septiembre de ese año, bajo el denominado caso Castillo, la Corte declara inconstitucional el artículo 46 inciso 1 de la norma y habilita la competencia de la justicia provincial en las causas vinculadas con incumplimiento de esta ley.
En tanto, pocos días después, el 21 de septiembre, se dicta el fallo Aquino, que abre la posibilidad de la acción civil y de cúmulo, cuestionando los alcances del artículo 39 inciso 1.
Al mes siguiente, mediante el fallo Milone sobre el artículo 14 inciso 2 b de la LRT la Corte considera inconstitucional el pagoen forma de renta y habilita la percepción de la prestación en un solo pago al trabajador.
Tres años después, en junio de 2007 sale un nuevo fallo del máximo tribunal que confirma la posibilidad de la acción civil adicionalmente a la percepción por la LRT, denominado fallo Llosco y en contra del artículo 39, inciso 1 de la norma.
Finalmente, en febrero de este año, el fallo Medina indica que se declara inconstitucional la exclusión de los progenitores como beneficiarios del resarcimiento por muerte del trabajador, echando por tierra lo estipuldo en al artículo 18, inciso 2 de la LRT.
Por Facundo Borrego