El impuesto a los bienes personales, un gravamen anual que deben tributar las personas físicas domiciliadas en el país que se encuenten inscriptas y posean bienes cuya valuación al 31 de diciembre pasado supere los 305 mil pesos, comenzó con sus vencimientos el 10 de abril último.
Para la confección de la declaración jurada se utilizará el programa “Ganancias personas físicas y bienes personales” y su presentación se realizará por internet a través del servicio presentación de declaración jurada y pagos para lo cual deberá contarse con clave fiscal.
El saldo resultante de la declaración jurada se podrá pagar por internet a través de volante electrónico de pagos (VEP) o en entidad bancaria a través del formulario 799/E.
Relación de dependencia. En el caso de empleados en relación de dependencia cuya remuneración bruta anual supere la suma de $96.000 deberá presentar dicha declaración jurada aún cuando su patrimonio no supere la suma mencionada, en este caso la misma es en carácter informativo y el plazo de presentación corresponderá al 30 de junio.
Para este caso y a fines de confeccionar la misma, Afip dio la opción de poder utilizar el servicio Régimen Simplificado Ganancias Persona Física, para el cual deberá contar con clave fiscal.
Respecto a la valuación de los bienes, en el caso de los automotores, la Afip determinó los valores de los vehículos correspondientes al periodo fiscal 2013 (dictado de la resolución general 3601/2013) que serán referencia del valor a considerar para liquidar el impuesto.
Recordemos que, según la normativa, los automotores deberán valuarse al costo de adquisición o valor de ingreso al patrimonio neto de las amortizaciones acumuladas por los años de vida útil transcurridos desde la adquisición, considerando como vida útil 5 años. Este valor deberá compararse con la tabla publicada por Afip todos los años y el monto que será base del impuesto, no podrá ser inferior al mismo.
Tener en cuenta que si se compra un bien usado la vida útil se considerara desde la adquisición y no desde el año de fabricación del bien.
Respecto de la tabla de valuación del año 2013 se puede observar un incremento en la valuación de los automóviles que oscila, entre un 10% a un 47%, en base a una serie de casos analizados.
Para el caso de aquellos automóviles que sufrieron mayor incremento esto podría significar que un contribuyente cuyo patrimonio oscilaba la suma de los $305.000 pero sin superar la misma a partir del 2013 podría superar dicho monto y como consecuencia determinar el impuesto a los bienes personales debiendo cumplir la obligación de pago en el mes de abril y cuyo monto mínimamente será de unos $1.600, de esta forma se sigue ampliando el universo de contribuyentes con obligaciones fiscales no solo de formas sino de carga tributaria. •