La Cámara en lo Civil y Comercial Federal rechazó ayer todos los planteos del gobierno contra la medida cautelar dictada por el tribunal que frenó el decreto de traspaso del predio ferial de Palermo al Estado nacional.
La Cámara en lo Civil y Comercial Federal rechazó ayer todos los planteos del gobierno contra la medida cautelar dictada por el tribunal que frenó el decreto de traspaso del predio ferial de Palermo al Estado nacional.
Los jueces de la sala de feria Graciela Medina, Francisco de las Carreras y Ricardo Guarinoni no hicieron lugar a las presentaciones interpuestas por la administración central, que además de pedir la incompetencia de la Cámara había recusado al pleno del tribunal.
La medida se suma a otra resolución de semanas atrás en la cual la misma Cámara falló a favor de la Sociedad Rural y evitó que el predio en disputa pasara a manos del Estado, lo que se había establecido por decreto presidencial.
Tras ese fallo en contra el gobierno había presentado dos planteos: uno, recusando a toda la Cámara Civil y Comercial Federal (fuero donde tramita el expediente por la ley de medios) al considerar que ésta había incurrido en "irregularidades" en los métodos de designación de jueces subrogantes.
El otro de los recursos del gobierno fue pedir la incompetencia del fuero civil y comercial federal para entender en el tema, y pedir que lo siga haciendo la Cámara en lo Contencioso Administrativo.
El gobierno justificó que la naturaleza de la discusión no estaba en una diferencia por el precio que la Rural se comprometió a pagar en la década del 90, cuando el Estado lo vendió, sino que estaba en disputa la validez o no de un decreto presidencial, y que esto último es competencia del fuero contencioso administrativo.
"Resulta manifiestamente inadmisible la recusación con causa, genérica indiscriminada, de la totalidad de los magistrados de esta Cámara por la sola radicación de una denuncia", alegó la Cámara en alusión a cómo se disponían las subrogancias.
Inadmisible.En su fallo, tildó de "inadmisible" la recusación contra los camaristas y advirtió que la admisión del planteo "en presentaciones similares provocaría en la práctica un vacío de jurisdicción".
"Este temperamento se presenta como una política deliberada para apartar los jueces naturales, lo que es sin duda inadmisible en uno de los poderes de la Nación, el que no debe conspirar contra la administración de Justicia, perturbar y obstruir intencionalmente su apropiado funcionamiento cuando ello también tiene influencia sobre el derecho de los demás litigantes, la garantía de igualdad ante la ley y el debido proceso legal", remarcaron los jueces.
Así, en forma unánime, resolvieron desestimar in límine el planteo recursivo del gobierno contra el pleno de la Cámara.
Esta misma sala de feria fue la que semanas atrás dictó una medida cautelar mediante la cual frenó la restitución del predio al Estado nacional.
Respecto del pedido de incompetencia, el tribunal sostuvo que excede su jurisdicción expedirse sobre ello puesto que debe serlo el juez de primera instancia que entiende en la causa.
"Debe recordarse que la excusación de los jueces es una prerrogativa de abstención atribuida por la ley en forma personal a cada magistrado, por lo cual resulta también inadmisible forzar esa decisión soberana donde prevalecen motivaciones eminentemente subjetivas", agregó el tribunal.
Serenidad y equilibrio.Sin embargo, aclararon que "por encima de todo" los jueces de la Cámara "conservan la serenidad el equilibrio necesarios para garantizar la imparcialidad en la función jurisdiccional, encontrándose persuadidos de que también con el recíproco trato respetuoso entre las autoridades constitucionales se contribuye al fortalecimiento de las instituciones, que es lo único permanente en la República".
"Se desestima la solicitud de declaración de incompetencia presentada por ante este tribunal, debiendo replantearse por la vía, en la oportunidad por ante el magistrado que corresponda", concluyó la Cámara.
Al frenar que el predio pase a manos del Estado, esta misma Cámara había desestimado el justificativo dado por el gobierno en cuanto a que la Rural había pagado un precio vil y que había habido irregularidades en el proceso de venta.
Los jueces en su fallo aseguraron que la propietaria del lugar era la Sociedad Rural, y advirtieron que "el Estado carecería, en principio, de legitimación para intentar recuperar, por un acto unilateral, un bien que vendió hace más de veinte años".
"Aun cuando el precio hubiera sido «vil», como el Ejecutivo sostiene, el Estado debería recurrir a la vía judicial para dejar sin efecto el acto que considera lesivo, ya que no podría rescindir del contrato por sí y ante sí", afirmó la Cámara.